Proyecto de Real Decreto por el que se reforman diversos Reglamentos del área medioambiental para su adaptación a la Directiva 2008/112/CE, que modifica varias directivas para adaptarlas al Reglamento (CE) nº 1272/2008, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas

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Resumen

La Directiva 2008/112/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre, modifica las Directivas 76/768/CEE, 88/378/CEE y 1999/13/CE del Consejo y las Directivas 2000/53/CE, 2002/96/CE y 2004/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo para adaptarlas al Reglamento (CE) nº 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, estableciendo su armonización en la Unión Europea.

Este proyecto de real decreto incorpora parcialmente esta directiva a nuestro ordenamiento siendo las principales modificaciones que la transposición implica las siguientes: la sustitución de los términos “preparado” o “preparados” por “mezcla” o “mezclas”, la redefinición del concepto de “sustancia peligrosa” o la remisión a la aplicación de las previsiones del Reglamento (CE) nº 1272/2008. En relación con las emisiones de los compuestos orgánicos volátiles, además de las modificaciones que se han mencionado, se introduce una sustitución progresiva y escalonada de las frases de riesgo por indicaciones de peligro; en un principio coexisten estas dos denominaciones y, finalmente, a partir del 1 de junio de 2015 (fecha en que se produce la derogación completa de las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE  por el reglamento comunitario), se produce la sustitución definitiva quedando únicamente las indicaciones de peligro, que es la terminología utilizada por el Reglamento (CE) nº 1272/2008

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El plazo para enviar observaciones y comentarios fue del 8 de juliohasta el 26 de julio ambos inclusive.

Termini de remissió

Termini per presentar al·legacions des del dia dimarts, 08 de de juliol de 2008 fins al dia dissabte, 26 de de juliol de 2008