Listas de referencia de los tipos de hábitat y las especies de interés comunitario

Malpaís de Güimar. Daniel Serrano Gadea

Los anexos I y II de la Directiva Hábitats incluyen, respectivamente, todos los tipos de hábitat naturales y las especies de interés comunitario cuya conservación requiere la designación de Zonas Especiales de Conservación.

No todos esos tipos de hábitat y esas especies se encuentran en todos los Estados miembros de la UE, ni tampoco en todas las regiones biogeográficas o marinas de un mismo Estado. Por ese motivo, la Comisión Europea, en colaboración con el Centro Temático Europeo sobre Diversidad Biológica, elabora unas listas de referencia, que enumeran los tipos de hábitat del anexo I de la Directiva y las especies del anexo II de la Directiva que están presentes en cada región biogeográfica, con indicación expresa de los Estados en los que se encuentran en cada una de ellas.

Estas listas identifican oficialmente, por lo tanto, aquellos tipos de hábitat y especies de interés comunitario para los cuales cada Estado miembro tiene la obligación particular de proponer Lugares de Importancia Comunitaria en cada una de las regiones biogeográficas y marinas por las que se distribuye.

Las listas de referencia se actualizan periódicamente, teniendo en cuenta la información científica más reciente sobre la distribución de los tipos de hábitat y las especies en la Unión Europea.