(FIN DE PLAZO 2018-01-08) Proyecto de Orden por la que se modifica el anexo III del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.

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Resumen

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificada por La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a efectuar la audiencia pública del proyecto de orden ministerial, por la que se modifica el anexo III del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural pretende modificar el anexo III del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos. Dicho real decreto incorporó al ordenamiento jurídico español la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (Directiva RoHS).

El motivo de tal modificación es dar cumplimiento a lo dispuesto en las tres últimas directivas delegadas adoptadas por la Comisión Europea que modifican el anexo III de la Directiva RoHS. En concreto, los cambios del anexo III afectan a la modificación en los plazos de adopción de tres tipos de exenciones para así adaptarlo al progreso técnico: exenciones para el cadmio y el plomo en vidrios filtrantes, exención para el plomo en cojinetes y pistones para determinados compresores, y exención para el plomo en vidrios blancos utilizados para aplicaciones ópticas.

De acuerdo con todo lo anterior, el presente proyecto de orden ministerial tiene por objeto contribuir a garantizar una mayor seguridad jurídica en la adopción de este tipo de exenciones a la restricción impuesta por el artículo 6 del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, con el fin de que dicha regulación se adapte al progreso técnico y a su vez dar cumplimento a las exigencias de la normativa comunitaria.

El plazo para remitir sugerencias comenzó el 1 de diciembre de 2017 y finalizó el 8 de enero de 2018, ambos inclusive.

Plazo de remisión

Plazo para presentar alegaciones desde el viernes, 01 de diciembre de 2017 hasta el lunes, 08 de enero de 2018