Envases

¿Cómo se recogen?

La normativa de envases establece que los envasadores han de establecer un sistema de depósito, devolución y retorno (SDDR) para recuperar y gestionar los envases que ponen en el mercado, o en su defecto participar en un sistema integrado de gestión (SIG) que tenga como finalidad la recogida periódica de los envases y residuos de envases en el domicilio del consumidor o en sus proximidades, para después entregarlos en condiciones adecuadas de separación por materiales para su reutilización, reciclado o valorización. Esa misma normativa exime del cumplimiento de establecer un SDDR o participar en un SIG a los envases comerciales o industriales, recayendo la responsabilidad de su gestión en el poseedor final. Mayoritariamente los envasadores de productos de uso doméstico, han optado por participar en un SIG.

Derivadas de estas obligaciones y de las que se establecieron en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos, en relación con el establecimiento de sistemas de recogida selectiva para los municipios de más de 5000 habitantes, se han configurado los distintos modelos de gestión en España en los que mayoritariamente los residuos de envase domésticos deben separarse en los hogares por materiales y depositarse en los contenedores habilitados para ellos, que son: contenedor de vidrio (verde), contenedor de envases ligeros (amarillo) para los envases ligeros (plásticos, latas y Bricks) y en el contenedor de papel/cartón (azul) para los envases de papel/cartón. Cuando el modelo de separación consiste en separar la fracción húmeda (orgánico) de la seca (inorgánico o resto), los envases ligeros se depositan en el contenedor seco. En el caso de que se haya establecido un sistema puerta a puerta, los residuos de envases serán entregados conforme a lo que establezcan las ordenanzas municipales.

La gestión de las correspondientes fracciones de residuos de envases domésticos puede ser consultada en el apartado de Residuos domésticos.

En el caso de los residuos de envases comerciales/industriales, salvo que los envasadores decidan establecer un SDDR o participar en un SIG, la responsabilidad de la gestión recae en el poseedor final, que deberá entregarlos en condiciones adecuadas de separación por materiales a un gestor para su reciclado o valorización. En algunos municipios, la entidad local tiene establecidas recogidas diferenciadas para los residuos comerciales.