Guía para la creación de huertos sociales ecológicos en Andalucía

Guía para la creación de huertos sociales ecológicos en Andalucía

PROMOTOR: Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, Junta de Andalucía

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IDIOMA: Español

 

Los huertos sociales tienen múltiples beneficios para los ciudadanos/as: de tipo social, mejorando la calidad de vida, las relaciones intergeneracionales, la alimentación saludable, la salud física y psicológica; de tipo económico y sobre el empleo, mejorando la renta familiar de numerosas familias, propiciando el ahorro y el consumo de productos locales;  de tipo ambiental, favoreciendo la creación de espacios verdes y difundiendo la agricultura ecológica; y de tipo urbanístico, regenerando espacios baldíos y poniendo en valor solares en desuso y suelos abandonados de la actividad agrícola.

La idea de que “saber de campo” es suficiente para crear unos huertos sociales es errónea, ya que es preciso manejar, entre otros, conocimientos de tipo legal, social, ambiental y urbanístico, para que dicho proyecto de huertos sociales sea un éxito, tanto para la propia administración pública como para los ciudadanos/as.

Esta Guía (Junta de Andalucía, 2013) se organiza en seis grandes bloques que detallan todos los pasos a seguir en la creación de huertos sociales ecológicos en Andalucía por parte de ayuntamientos, entidades locales, asociaciones ciudadanas y cualquier entidad pública o privada interesada.

  • En primer lugar, se detallan qué circunstancias deben producirse en el municipio para comenzar un proyecto de huertos sociales y ecológicos, así como el papel que deben tener los vecinos y vecinas del municipio, organizados a través de la participación ciudadana.
  • En segundo lugar, se concentra el bloque principal de la Guía en donde se especifica el proyecto completo que debe realizarse para la creación de unos huertos: aspectos a tener en cuenta previamente como la localización, la calificación urbanística del suelo, los destinatarios, el tamaño de las parcelas, las infraestructuras y equipamientos necesarios, etc., así como las posibles dificultades que pueden surgir en la creación y gestión posterior de los huertos.
  • En tercer lugar, se destaca la importancia de contar con unas Ordenanzas Municipales, o en su defecto, un reglamento interno de uso y gestión, en donde se resuman los derechos y deberes principales que deben regir el óptimo desarrollo de los huertos.
  • En cuarto lugar, se destaca el papel que juegan los distintos agentes sociales en la gestión de los huertos sociales ecológicos, asumiendo el rol que corresponde en cada caso a los Ayuntamientos y asociaciones ciudadanas.
  • En quinto lugar, se hace especial hincapié en desarrollar un plan de comunicación que explique tanto a los vecinos/as que se convierten en hortelanos/ as como al resto de vecinos/as del municipio los objetivos a lograr con la implantación de unos huertos sociales ecológicos en el municipio. Para ello, se destacan los diferentes cauces de comunicación existentes así como los mensajes básicos que expliquen los beneficios sociales, ambientales, territoriales, etc., que tienen los huertos para el municipio.
  • En sexto lugar, se realizan aportaciones tendentes a considerar los huertos sociales ecológicos como un espacio educativo tanto para los vecinos/hortelanos, como para el resto de los ciudadanos del municipio. Los huertos sociales ecológicos, más allá de la producción de alimentos, pueden convertirse en espacios de intercambio intergeneracional, transmisión de saberes populares, conocimiento de la cultura de la tierra y del ciclo del agua...
  • Por último, se añaden diversos anexos con información complementaria.

 

Consultada en Mayo de 2015

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