(FIN DE PLAZO 2019-07-19) Proyecto de Orden por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el papel y cartón para reciclar deja de ser residuo con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

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Resumen

El artículo 5 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, establece que por orden del Ministro de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino se podrán establecer los criterios específicos que determinados tipos de residuos, que hayan sido sometidos a una operación de valorización, incluido el reciclado, deberán cumplir para que puedan dejar de ser considerados como tales, a los efectos de lo dispuesto en la citada Ley y siempre que se cumplan las siguientes condiciones: 

a) Que las sustancias u objetos resultantes se usen habitualmente para finalidades específicas; 

b) que exista un mercado o una demanda para dichas sustancias u objetos. 

c) que las sustancias u objetos resultantes cumplan los requisitos técnicos para finalidades específicas, la legislación existente y las normas aplicables a los productos; y 

d) que el uso de la sustancia u objeto resultante no genere impactos adversos para el medio ambiente o la salud.

 

La Comisión Europea encargó al Centro Común de Investigación (JRC) la elaboración de un estudio con información técnica que respaldara la propuesta de criterios de fin de condición de residuo del papel y cartón para reciclar y que además incluyera toda la información básica necesaria para garantizar la conformidad con las condiciones del artículo 6 de la directiva.

 

Basándose en este documento, la Comisión Europea redactó una propuesta de reglamento para establecer los criterios de fin de condición de residuo del papel y cartón para reciclar, que finalmente no fue aprobado por no llegarse a un acuerdo entre los distintos países.

Teniendo en cuenta todos los trabajos anteriores, el Ministerio para la Transición Ecológica considera que en el caso del papel y cartón para reciclar, tras ser sometido a una operación de valorización puede dejar de considerarse un residuo, verificando el cumplimiento de las condiciones establecidas en el citado artículo 5 de la Ley 22/2011, de 28 de julio.

De acuerdo a todo lo anterior, este proyecto de orden ministerial tiene por objeto determinar cuáles son los criterios para determinar cuándo el papel y cartón para reciclar deja de ser residuo.

 

Como documento informativo, se proporciona el documento del Centro Común de Investigación (JRC), mencionado anteriormente.

 

El plazo para remitir sugerencias comenzó el 19 de Junio de 2019 y finalizó el 19 de Julio de 2019, ambos inclusive.


 

Plazo de remisión

Plazo para presentar alegaciones desde el miércoles, 19 de junio de 2019 hasta el viernes, 19 de julio de 2019