Programas de control de vigilancia: Subprograma de referencia

Objeto

El subprograma permite establecer condiciones de referencia específicas para cada tipo de masa de agua. El Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre obliga a disponer de un programa de vigilancia que incluya estaciones que permitan evaluar tendencias a largo plazo en el estado de las masas de agua debidas a cambios en las condiciones naturales. Dichas estaciones integran el denominado Subprograma de referencia.

Estaciones

Las estaciones de referencia deben ubicarse en masas de agua sin alteraciones, o que presenten alteraciones de escasa importancia, de modo que se den las condiciones normalmente asociadas al tipo de masa de agua en ausencia de presiones importantes.

Elementos de calidad y frecuencias de muestreo

Se miden los elementos de calidad biológicos (fitoplancton, macrófitos, diatomeas, invertebrados bentónicos y peces); hidromorfológicos (régimen hidrológico, morfología y vegetación ribereña); y fisicoquímicos (temperatura, oxigenación, salinidad, nutrientes y contaminantes). Con los datos de estos elementos de calidad se obtienen los indicadores con los que se evalúa el estado ecológico siguiendo las directrices del propio RDSE.

Como mínimo, las estaciones se muestrearán durante un año dentro del periodo que abarque el plan hidrológico de cuenca.

Estaciones del Subprograma de referencia

                                         Estaciones Subprograma Referencia