Adaptación y usos del suelo en zonas inundables

Hospital situado en zona inundable

Uno de los objetivos prioritarios en la gestión del riesgo de inundación, exigido por la Comisión Europea, es el de trabajar de forma coordinada para evitar un incremento del riesgo de inundación existente, para lo cual, los usos del suelo en las zonas inundables deben ser, en la medida de lo posible, compatibles con las inundaciones.

El texto refundido de la Ley de Aguas y el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH) definen y regulan las zonas asociadas al cauce de los ríos y las limitaciones a los usos del suelo en dichas zonas. Concretamente, el RDPH se modificó mediante el Real Decreto 638/2016 en varios aspectos, entre los que se encuentra la gestión de los riesgos de inundación a través de la identificación de aquellos usos y actividades vulnerables frente a avenidas.

En los usos del suelo ya existentes en zonas inundables, el objetivo de las actuaciones a realizar es minimizar los daños que producen en ellos las inundaciones, para lo cual debe trabajarse en la adaptación de estos usos al riesgo de inundación para evitar, por ejemplo, que entre el agua en los edificios en situaciones de avenidas o que estos edificios o su contenido sufran daños en caso de ser finalmente alcanzados por el agua.