Antecedentes normativos

El CAMA fue creado por el Real Decreto 224/1994, de 14 de febrero (BOE 9 de marzo de 1994) adscrito al entonces denominado Ministerio de Obras públicas, Transporte y Comunicaciones, con el objeto de favorecer la participación de las organizaciones representativas de intereses sociales y personas de reconocido prestigio en la elaboración y seguimiento de la política medioambiental orientada al desarrollo sostenible. Su artículo 2 determinó la composición inicial del Consejo con 32 consejeros electivos y 4 miembros electos. (Ministro, dos Vicepresidentes -Secretario de Estado de Medio Ambiente y Vivienda, Secretario de Estado de Estructuras Agrarias- y el Director General de Política Ambiental que actuaba como Secretario).

La creación del Ministerio de Medio Ambiente en el año 1996 y la asunción por este Departamento de las competencias en materia de conservación de la naturaleza, que correspondían al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, determinaron la necesidad de aprobar el Real Decreto 1720/1996, de 12 de julio, (BOE 9 de agosto de 1996) modificando el Real Decreto 224/94, con la finalidad de adecuar la adscripción, composición y funciones del CAMA a la nueva organización administrativa. La modificación potenció la participación de científicos expertos en medio ambiente e introdujo cambios en las funciones encomendadas al Consejo particularmente en materia de educación, sensibilización e información ambiental. Posteriormente el Real Decreto 255/1997, de 21 de febrero (BOE 22 de febrero de 1997) modificó el Real Decreto 1720/1996, introduciendo cambios en la composición del Consejo cuyo número de consejeros se incrementó a 43 miembros electivos y 6 electos ( Ministro, dos Vicepresidentes y los Directores Generales de Conservación de la Naturaleza, Costas y Obras Hidráulicas).

En el año 2002, la estructura y composición del órgano colegiado fue nuevamente modificada por el Real Decreto 686/2002, de 12 de julio, (BOE 17 de julio de 2002). Esta nueva regulación, tratando de agilizar el funcionamiento del órgano colegiado, limitó drásticamente el número de Consejeros que se redujo a 8 miembros electivos y 6 electos (Ministro, dos Vicepresidentes dos Directores Generales y el Secretario General Técnico del Departamento). Al inicio de la octava legislatura el Real Decreto 2355/2004, de 23 de diciembre (BOE 14 de enero de 2005) estableció la configuración actual del CAMA, modificando su composición, funciones y competencias. El objetivo prioritario fue crear un foro institucional, con amplia participación de las organizaciones y entidades representativas de intereses sociales y ambientales, para la elaboración y el seguimiento de las políticas ambientales promovidas por el Estado.

La Ley 27/2006, de 18 de julio , reguladora de los derechos de acceso a la información , de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, incluyó en su Título III, artículo 19, al Consejo Asesor de Medio Ambiente, elevando así a rango de ley la regulación de este órgano colegiado.

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