Régimen de funcionamiento del Consejo Asesor de Medio Ambiente

El Régimen de funcionamiento del Consejo Asesor de Medio Ambiente se ajustará a lo establecido para los Órganos Colegiados, en la sección tercera del Capitulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como a lo previsto en el reglamento de funcionamiento que fue aprobado por el pleno del CAMA en su sesión de 9 de mayo de 2005.

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