La Graciosa: actividades profesionales

Las actividades profesionales lucrativas que vayan a realizarse en la Finca Patrimonial del Estado “Isla de la Graciosa”, adscrita al Organismo Autónomo Parques Nacionales, precisan –con carácter preceptivo- una autorización administrativa para el ejercicio de toda actividad profesional, por parte de terceros, conforme determina la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Todas las actividades que autorice el Organismo Autónomo Parques Nacionales, han de ser compatibles con el régimen de protección legal del Parque Natural del Archipiélago Chinijo, y con sus objetivos y criterios de protección.

Dichas autorizaciones/concesiones habilitarán a su titular al uso de los bienes destinados al uso general, que implica un aprovechamiento especial del dominio público que, sin impedir el uso común, supone la concurrencia tales como la intensidad de uso y la obtención de una rentabilidad económica; o un uso privativo cuando limita o excluye la utilización del mismo por otros interesados o la ocupación se efectúe con obras o instalaciones fijas.

Dichas autorizaciones/concesiones están sujetas a una contraprestación económica, que se establecerá en función de la intensidad de uso de los bienes destinados al uso general; y en su caso se exigirá la constitución de una garantía en metálico en la Caja General de Depósitos para responder de posibles daños, que será devuelta en caso de no apreciarse daños en los bienes de titularidad del Patrimonio del Estado.

Las actividades profesionales para las que se puede solicitar autorización/concesiones administrativa son las siguientes:

  • Actividad profesional de rutas guiadas
  • Actividades profesionales de imagen, tales como  fotografía, vídeo, cine, publicidad, etc.
  • Actividades profesionales de investigación
  • Actividades profesionales deportivas
  • Otras
 

Los interesados deberán formular la solicitud en la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, con certificado de firma electrónica, en el caso de particulares, y de firma de representación, en el caso de personas jurídicas. Se deberá cumplimentar la solicitud y si se trata de persona jurídica, deberá adjuntar la escritura de constitución de la entidad que representa y poderes de representación.

Para poder identificarse es necesario un certificado digital (FNMT), o el DNI electrónico (DNI e) u obtener el PIN 24 autentificándose a través de la pasarela CLAVE del Gobierno de España.

Únicamente en el caso de persona física se podrá optar por tramitación no electrónica (artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), para lo que deberá remitir la solicitud junto con copia del documento que acredite su personalidad (DNI, NIE o pasaporte),  al registro del Organismo Autónomo Parques Nacionales (C/ Hernani, 59, 28020 Madrid) o presentarlo en cualquiera de las oficinas de registro de las Administraciones Públicas de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del Procedimiento de las Administraciones Públicas.

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