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Dentro del Plan CRECE (Plan de Medidas para el Crecimiento, la Competitividad y la Eficiencia) se han incluido aquellas actuaciones destinadas a la consecución de los objetivos establecidos en la Directiva 91/271/CEE.
Para ello, se ha realizado una Auditoría de todas las Comunidades Autónomas con el fin de conocer la situación real de la depuración en nuestro país y priorizar las inversiones en los Programas de Medidas de los Planes Hidrológicos de las distintas demarcaciones hidrográficas. Así, de forma clara, objetiva y con visión de futuro, se priorizaron todas las inversiones en base, en primer lugar, a los procedimientos de infracción abiertos por la Comisión Europea al Reino de España (clasificados como “Prioridad 1 a 4”), a las que se sumaron aquellas actuaciones que, por su importancia o por su próximo incumplimiento, serán las próximas a acometer (clasificadas como “Prioridad 5”), y por último, las actuaciones necesarias pero no urgentes que se incluirán en el horizonte 2021-2027 de la Planificación (“Prioridad 6”).
Los resultados obtenidos de la Auditoría han permitido priorizar las actuaciones de saneamiento y depuración en base a los procedimientos de infracción referidos, consensuando un listado de necesidades de inversión y priorizando qué actuaciones serán las primeras a tener consideración en la asignación de la disponibilidad de Fondos Europeos del período 2014-2020. Concretamente:
Prioridad 1 (P1):
• Aglomeraciones con población (P) > 15.000 habitantes-equivalentes (hab-eq) que vierten a Zonas Normales (ZZ.NN.).
Prioridad 2 (P2):
• Aglomeraciones con P > 10.000 hab-eq que vierten a Zonas Sensibles (ZZ.SS.).
Prioridad 3 (P3):
• Pequeñas Aglomeraciones (PP.AA.) con 2.000 < P < 15.000 hab-eq que vierten a ZZ.NN. y aglomeraciones con 2.000 < P < 10.000 hab-eq que vierten a ZZ.SS.
Prioridad 4 (P4):
• Aglomeraciones con P > 15.000 hab-eq que vierten a ZZ.NN. y aglomeraciones con P > 10.000 hab-eq que vierten a ZZ.SS.
Prioridad 5 (P5):
• Actuaciones con importancia social o con alto rango poblacional que ya incumplen y que no están en incursas en los Procedimientos de Infracción, o actuaciones que se espera que incumplan en un futuro próximo.
• Se enmarcan en el Horizonte Programa de Medidas Planificación Hidrológica 2021.
Prioridad 6 (P6):
• Resto de actuaciones no incluidas en los Procedimientos de Infracción y que no se incluyen en las prioridades anteriores.
• Se enmarcan en el Horizonte Programa de Medidas Planificación Hidrológica 2027.

Reservas Naturales Fluviales 2020

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Reservas Naturales Fluviales

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Gestión de los riesgos de inundación

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