La prevención de incendios forestales en el marco del desarrollo rural

Periodo 2007-2013

Dentro de la política de desarrollo rural del periodo 2007-2013, amparada en el Reglamento 1698/2005 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), el Marco Nacional de Desarrollo Rural recogía la medida “Mitigación de la desertificación: prevención de incendios forestales (medidas 225 y 226)”. Esta medida incluía la transferencia de fondos desde el Ministerio a las administraciones autonómicas para la realización de actuaciones cofinanciables incluidas en sus respectivos Programas de Desarrollo Rural (PDR). Las actuaciones eran las siguientes:

  • Selvicultura preventiva: modificación de la estructura y composición de las masas forestales, con una perspectiva de medio y largo plazo, para dificultar la propagación del fuego mediante actuaciones lineales (acondicionamiento y mantenimiento de áreas y fajas cortafuegos, fajas auxiliares, líneas de defensa, creación y mejora de pastizales, etc.) o actuaciones sobre la masa (diversificación de la estructura de la vegetación, conversión de montes bajos en monte alto, clareos y claras en repoblaciones, etc.).
  • Infraestructura de prevención: mediante la construcción o mejora de pistas de acceso a zonas forestales, puntos de agua, instalaciones de vigilancia y alerta o pistas para medios aéreos e instalaciones anexas.

El balance de ejecución de la medida 226 durante el periodo 2007-2013, en la que se incluyen las actuaciones de prevención, es el siguiente:

feader

Periodo 2014-2020

En el periodo 2014-2020 el nuevo Reglamento 1305/2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) contiene el artículo 24 referido a la prevención y reparación de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes.

Las acciones derivadas del artículo 24 son de aplicación voluntaria en los Planes de Desarrollo Rural autonómicos (PDR), como así lo establece la medida 8.3 del Marco Nacional de Desarrollo Rural que sirve de referencia para la elaboración de los mismos; la mayor parte de los PDR autonómicos recogen esta medida.

Durante el periodo 2014-2020 además de los PDR autonómico existirá un Programa Nacional de Desarrollo Rural que incluirá un conjunto de medidas de aplicación homogénea en todo el territorio nacional. La versión inicial del Programa Nacional incluye la medida sobre prevención en materia de incendios forestales.

Más información sobre esta materia: http://www.mapama.gob.es/es/desarrollo-rural/temas/programas-ue/periodo-2014-2020/

Información sobre Desarrollo Rural en la web de la Comisión Europea: http://ec.europa.eu/agriculture/index_es.htm