De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas, potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados un documento informativo relativo a una futura Orden Ministerial por la que se establecen los criterios para determinar cuándo el caucho granulado y el polvo de caucho, obtenidos del tratamiento de neumáticos al final de su vida útil y destinados a ciertas aplicaciones, dejan de ser residuos con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, a efectos de recabar su opinión al respecto.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones, cumplimentadas en el cuadro incluido a tal efecto, que deberá dirigirse al siguiente buzón de correo electrónico: bzn-sug_Residuos@mapama.es
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté claramente identificado (nombre y dirección de la organización/persona, teléfono de contacto y correo electrónico).
El plazo para remitir sugerencias finaliza el 14 de mayo de 2020.
Muchas gracias por su colaboración.
Madrid, 14 de abril de 2020