Secretariado
La Red de Autoridades Ambientales cuenta con un Secretariado que representa a la Red y organiza las actividades y encuentros de la misma.
De acuerdo con el Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, corresponde a la Dirección General de Servicios la organización y gestión del Secretariado de la Red de Autoridades Ambientales, a través de la Oficina Presupuestaria.
Entre las funciones del Secretariado están las siguientes:
- Coordinación de la Red en colaboración con la Dirección General de Medio Ambiente de la Comisión Europea.
- Convocatoria a los Miembros de la Red a las Reuniones Plenarias y, en su caso, a los Grupos de Trabajo.
- Elaboración de las propuestas de Orden del Día para las Reuniones Plenarias.
- Elaboración de la documentación que se entregará en las correspondientes Reuniones Plenarias.
- Organización, en colaboración con la autoridad ambiental de la Comunidad Autónoma anfitriona, de los encuentros de la Red de Autoridades Ambientales (Jornadas Temáticas, Reuniones Plenarias, etc.).
- Elaboración de las propuestas de programa de las Jornadas Temáticas para su discusión en el seno del Grupo de Trabajo Permanente.
- Convocatoria de los ponentes de las Jornadas Temáticas.
- Organización y preparación de la documentación necesaria para las reuniones de los Grupos de Trabajo, en colaboración con el ponente de cada uno de estos.
- Propuesta del Plan Anual de Actuaciones, para su aprobación en la Reunión Plenaria previa al comienzo de cada ejercicio.
- Participación en las reuniones de la Red Europea de Autoridades Ambientales.
- Coordinación de la participación de la representación de la Red de Autoridades Ambientales en reuniones de intercambio de experiencias con Redes de otros Estados Miembros o con terceros países.
- Actualización de la página web de la Red de Autoridades Ambientales con los documentos y publicaciones elaborados y consensuados en el Pleno.
- Ejecución de todas aquellas funciones que se deriven de las anteriores, o que le puedan ser encomendadas por el Pleno.