Organización institucional

La estructura institucional que el convenio establece para su funcionamiento está constituida por dos órganos: la Conferencia de las Partes Contratantes y la Secretaría.

La Secretaría

La Secretaría de CITES está administrada por las Naciones Unidas, tiene su sede en Ginebra (Suiza) y está financiada por las aportaciones de los propios estados miembros. La Secretaría actúa como agente de enlace para los intercambios de información entre los distintos estados y con otras autoridades y organizaciones, por lo que su buen funcionamiento es primordial para la buena marcha de la convención

La Conferencia de las Partes

Las partes (es decir, los estados miembros), como en otras convenciones internacionales, en CITES se denominan colectivamente como la Conferencia de las Partes. La Conferencia de las Partes es el órgano superior del convenio. Cada dos a tres años se reúne para examinar la aplicación de la convención. También pueden existir, y así ha sido en un par de ocasiones, reuniones extraordinarias, a petición de al menos un tercio de las partes. Las reuniones ordinarias son organizadas normalmente por una de las partes y suelen durar dos semanas. En la bibliografía de CITES se hace referencia a ellas (por ejemplo, para identificar cada resolución aprobada) con la notación Conf. nº (por su orden correlativo de celebración, y seguido en su caso por el nº de la resolución que se trate).

Hay decisiones que sólo puede adoptar la Conferencia de las Partes, como son las resoluciones y las enmiendas a los Apéndices. Las decisiones se adoptan por mayoría de 2/3 de los votos emitidos, salvo las que versen sobre cuestiones de procedimiento, que se deciden por mayoría simple.

Entre otras cosas, las reuniones son una ocasión para que los participantes inicien o renueven relaciones y examinen los problemas planteados y los éxitos cosechados. En las reuniones de la Conferencia de las Partes participan no sólo las delegaciones de las partes en CITES, sino también observadores. Entre estos cabe citar a los representantes de los estados que no son Partes en CITES, de las organizaciones de las Naciones Unidas y de otras convenciones internacionales. A juicio de las partes, también se autoriza la participación de observadores de organizaciones no gubernamentales interesadas en la conservación o el comercio, los cuales pueden participar en la reunión, sin derecho a voto (artículo XI). El público en general también puede asistir en calidad de visitantes, pero no puede participar en los debates.

La página web de la Secretaría de CITES recoge el calendario, documentos y resultados de las reuniones.