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La Comisión de Coordinación en materia de residuos, es el órgano de cooperación técnica y colaboración entre administraciones competentes en materia de residuos, que se creó mediante el artículo 13 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Dicho órgano se ha mantenido con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Esta Comisión está adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
La Comisión de coordinación en materia de residuos está presidida por el Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, y vicepresidida por uno de los representantes de las Comunidades Autónomas.
Los 30 vocales que componen la Comisión de coordinación en materia de residuos son: un vocal designado por cada una las Comunidades Autónomas, un vocal designado por cada una de las ciudades de Ceuta y Melilla, tres vocales de las Entidades Locales designados por la asociación de ámbito estatal con mayor implantación y ocho vocales representantes de los departamentos ministeriales, u organismos adscritos a los mismos, con competencias que incidan en esta materia, que son:
Actúa como secretario, con voz y sin voto, la Subdirectora General de Economía Circular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
De conformidad con el artículo 13.2 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, la Comisión de coordinación en materia de residuos ejerce las siguientes funciones:
Listado de acuerdos:
En el seno de la Comisión de coordinación en materia de residuos, existen actualmente trece grupos de trabajo especializados, que sirven de apoyo para el cumplimiento de sus funciones, y elaboran propuestas que elevan para su aprobación en el pleno de la Comisión. Estos grupos de trabajo son: