Periodo 2013-2020

  • 1. Asignación gratuita en la fase 2013-2020

    Las reglas detalladas de asignación gratuita para la fase III (2013-2020) se recogen en la Decisión de la Comisión 2011/278/UE, de 27 de abril de 2011, por la que se determinan las normas transitorias de la Unión para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión con arreglo al artículo 10 bis de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. El Real Decreto 1722/2012, de 28 de diciembre, precisa aspectos relacionados con la aplicación en España del Capítulo IV de dicha Decisión 2011/278/UE.

     

    La Comisión Europea adoptó la Decisión 2017/126/UE, el 24 de enero de 2017, por la que se modifican los valores del factor de corrección uniforme intersectorial (FCI, CSCF, por sus siglas en inglés) tal y como se establece en el Art. 15.3 de la Decisión 2011/278/UE. Este factor es necesario para permitir a las Autoridades de los Estados Miembros, calcular la cantidad de derechos gratuitos que han de ser asignados a instalaciones que no son generadores de electricidad ni nuevos entrantes para el periodo 2013-2020. Conforme a las indicaciones dadas por la Comisión, estos nuevos factores fueron de aplicación, a partir del 1 de marzo de 2017, a los descensos significativos de capacidad, cambios en la asignación debidos a correcciones, y cambios derivados de modificaciones de la lista de sectores expuestos a fugas de carbono. 

     

    Sectores expuestos a riesgo de fuga de carbono

    Riesgo de fuga de carbono es el término utilizado para describir la posible situación en que, por razones de costes relacionados con las políticas climáticas, se podrían encontrar algunas empresas al trasladar su producción a otros países con restricciones más laxas sobre las emisiones de gases de efecto invernadero. Esto podría conducir a un aumento en las emisiones globales. El riesgo de fuga de carbono puede ser mayor en ciertas industrias de alto consumo energético.

    Los sectores y subsectores que se consideran expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono son los que figuran las listas oficiales que tienen son aprobadas por Decisión de la Comisión Europea previo acuerdo de los Estados miembros y el Parlamento Europeo (a través del llamado procedimiento de comitología) y tras una amplia consulta con las partes interesadas. 

     

    Lista 2013-2014

    La primera lista de fuga de carbono fue adoptada por la Comisión a finales de 2009 [D2010_2_UE] y fue aplicable para la asignación gratuita de derechos de emisión en 2013 y 2014. La lista fue enmendada en 2011 [D2011_745_UE], 2012 [D2012_498_UE] y 2013 [D2014_9_UE].

     

    Lista 2015-2019
    La segunda lista de fuga de carbono, que se aplicó para los años 2015-2019 [D2014_746_UE], fue aprobada en octubre de 2014 y se aplicaba a las asignaciones gratuitas desde el año 2015. Los criterios utilizados para determinar la segunda lista eran los mismos que los que se utilizan para determinar la primera lista.

  • 2. Asignación gratuita de derechos de emisión a instalaciones existentes

    Con fecha 15 de noviembre de 2013, el Consejo de Ministros adoptó, a propuesta de los Ministerios de Economía y Competitividad, de Industria, Energía y Turismo, y de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, la asignación final gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero a las instalaciones sujetas al régimen de comercio de derechos de emisión para el periodo 2013-2020. La Resolución de 23 de enero de 2014 de la Directora General de la Oficina Española de Cambio Climático da publicidad a dicho acuerdo. Puede descargar dicho acuerdo aquí.

    Con fecha 5 de diciembre de 2014, el Consejo de Ministros adoptó la modificación de las asignaciones de derechos de emisión de gases de efecto invernadero para el periodo 2014-2020 a las instalaciones afectadas por la Decisión 2014/9/UE de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, por la que se modifican las Decisiones 2010/2/UE y 2011/278/UE, en relación con los sectores y subsectores que se consideran expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono. Puede descargar dicho acuerdo aquí.

    Con fecha 17 de julio de 2015, el Consejo de Ministros adoptó la modificación de las asignaciones de derechos de emisión de gases de efecto invernadero para el periodo 2015-2020 a las instalaciones afectadas por la Decisión 2014/746/UE de la Comisión, de 27 de octubre de 2014, que determina, de conformidad con la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, la lista de sectores y subsectores que se consideran expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono durante el período 2015-2019. Puede descargar dicho acuerdo aquí.

     

    Resoluciones de SEMA que aprueba los ajustes en la asignación gratuita:

    A continuación, se incluyen las resoluciones de la persona titular se la Secretaría de Estado de Medio Ambiente con los ajustes de la asignación gratuita de instalaciones sujetas al RCDE UE, en el periodo 2013-2020:

    1. Resolución de 28 de febrero de 2014: enlace
    2. Resolución de 18 de noviembre de 2014: enlace
    3. Resolución de 2 de diciembre de 2015: enlace
    4. Resolución de 20 de septiembre de 2016: enlace
    5. Resolución de 5 de diciembre de 2016: enlace
    6. Resolución de 13 de diciembre de 2017: enlace
    7.   Resolución de 3 de octubre de 2018: enlace
    8.   Resolución de 27 de febrero de 2019: enlace
    9.   Resolución de 26 de julio de 2019: enlace
    10.   Resolución de 20 de marzo de 2020: enlace
    11.   Resolución de 15 de julio de 2020: enlace
    12.   Resolución de 17 de diciembre de 2020: enlace
    13.   Resolución de 5 de abril de 2021: enlace

     

  • 3. Asignación gratuita de derechos de emisión a nuevos entrantes

    Durante el Periodo 2013-2020 se han tramitado diez grupos de nuevos entrantes, que comprenden nuevas instalaciones y ampliaciones de capacidad de instalaciones existentes:


    Grupos de Nuevos Entrantes:

    • Primer conjunto NNEE (25 de abril de 2014): enlace
    • Segundo conjunto NNEE (10 de abril de 2015): enlace
    • Tercer conjunto NNEE (22 de abril de 2016): enlace
    • Cuarto conjunto NNEE (21 de abril de 2017): enlace
    • Quinto conjunto NNEE (13 de abril de 2018): enlace
    • Sexto conjunto NNEE (5 de abril de 2019): enlace
    • Séptimo conjunto NNEE 14 de abril de 2020): enlace
    • Octavo conjunto NNEE (29 de diciembre de 2020): enlace
    • Noveno conjunto NNEE (13 de abril de 2021) enlace
    • Décimo conjunto NNEE (30 de noviembre de 2021): enlace
  • 4. Exclusión de pequeñas instalaciones y hospitales de acuerdo con la Disposición Adicional cuarta de la Ley 1/2005

    Para el periodo 2013-2020, la Disposición Adicional cuarta de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, traspone el artículo 27 de la Directiva 2003/87/CE revisada donde se establece la posibilidad de excluir las instalaciones consideradas de “pequeño tamaño”, entendiéndose como tales aquéllas cuyas emisiones hayan sido inferiores a las 25.000 tCO2 en los años 2008-2010 y cuyo umbral de potencia térmica nominal al realizar actividades de combustión fuera inferior a 35MW, o aquéllas que sean hospitales. El plazo para solicitar la exclusión del régimen finalizó el 28 de febrero de 2011.
    La Comisión Europea aprobó la notificación presentada por España en septiembre del año 2011 por la que se solicitaba la exclusión de un conjunto de pequeñas instalaciones sujetas a medidas equivalentes.

    Las instalaciones excluidas del régimen debía aplicar medidas que redujeran las emisiones de forma equivalente a su participación en el régimen de comercio de derechos de emisión y debían mantener un sistema de seguimiento y notificación de las emisiones. Estas obligaciones se desarrollaron en el Real Decreto 301/2011, de 4 de marzo, sobre medidas de mitigación equivalentes.


    El Grupo Técnico de la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático ha adoptado recomendaciones sobre los sistemas de seguimiento, verificación y notificación de información sobre emisiones aplicables a las instalaciones excluidas. Dichas recomendaciones se encuentran disponibles en el siguiente enlace.


    Los informes sobre emisiones verificadas anuales de las instalaciones excluidas del régimen se encuentran disponibles en el siguiente enlace: Informes de emisiones de instalaciones excluidas.