CITES en la Unión Europea

La aplicación de CITES en la UE, y por tanto en España, se lleva a cabo mediante el Reglamento (CE)338/1997, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio (modificado por los Reglamentos 2724/2000 y 2087/2001), y el Reglamento (CE) 1808/2001, de la Comisión, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 338/97.

Estos reglamentos representan la voluntad de la Comunidad Europea de uniformizar la aplicación de CITES en los países comunitarios, así como la intención de garantizar un nivel mayor de protección a las especies de fauna y flora silvestre a través del control de su comercio. Así, estos reglamentos establecen en muchos casos medidas de control del comercio más estrictas y las hacen extensivas a algunas especies no protegidas por CITES. Las diferentes medidas comerciales adoptadas por los países comunitarios para las especies cuyo comercio se regula a través de los reglamentos citados, se encuentran recopiladas en la base de datos sobre el comercio de vida silvestre en la Unión Europea, accesible en el sitio de TRAFFIC Europa dentro de TRAFFIC International: contiene bases de datos y análisis del comercio internacional de especies sujetas al CITES: http://www.traffic.org.