Proyecto de Real Decreto xxxx/2019, de XXXX, por el que se declara la situación de sequía extraordinaria en determinados territorios de la parte española de la demarcación hidrográfica del Duero y se adoptan medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos.

Consulta:

Closed

Resumen

La parte española de la cuenca del Duero tiene un clima predominantemente mediterráneo que se caracteriza, entre otras cosas, por una fuerte variabilidad estacional e interanual. Se está observando que  los períodos de estiaje y los periodos de sequía se agravan en los últimos años en consonancia con lo que predicen los modelos de cambio climático aplicables a nuestro país. El agravamiento se manifiesta de dos formas: por un lado, los veranos son cada vez más largos, es decir, las altas temperaturas que eran típicas de los meses de julio y agosto se extienden a junio y septiembre; y por otro lado, hay una mayor frecuencia de sequías prolongadas o extraordinarias.

El año hidrológico 2018/2019 está siendo muy seco en la demarcación hidrográfica del Duero. Según la AEMET, las precipitaciones acumuladas en la demarcación desde el 1 de septiembre de 2018 hasta el 31 de mayo de 2019 representan el 69% del valor medio del periodo 1980-2010. Singularmente las cantidades de precipitación acumuladas en los Observatorios de Ávila y Matacán-Salamanca hasta el 20 de junio representan un 53% y un 60%  de la cantidad normal en el mismo periodo de tiempo.

La situación actual en que se encuentran las reservas de agua en las unidades territoriales de escasez Cega, Adaja y Alto Tormes, en la parte española de la demarcación hidrográfica del Duero como consecuencia de la falta de precipitaciones determina que no puedan cubrirse de modo adecuado las demandas con las reservas existentes en estos territorios y que haya dificultades para poder hacer un uso normal del dominio público hidráulico.

La situación de sequía existente en una parte de la demarcación hidrográfica del Duero obliga, por un lado, a adoptar medidas temporales que permitan garantizar los usos prioritarios y, por otro, adoptar las medidas administrativas necesarias que permitan corregir en lo posible esa situación mediante la limitación y restricción de los aprovechamientos de forma equitativa y solidaria entre todos los sectores afectados. Asimismo, será necesario minimizar el deterioro de las masas de agua y los ecosistemas dependientes que resulte de la situación de sequía prolongada, y aplicar para ello las medidas correctoras que sean necesarias.

La declaración de sequía en la parte española de la demarcación hidrográfica del Duero se realiza en este real decreto en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, teniendo en consideración el estado de los sistemas de explotación de la demarcación según el Sistema Global de Indicadores Hidrológicos del Ministerio para la Transición Ecológica, que integra los indicadores de estado definidos en la revisión del Plan Especial de Actuación en situación de alerta y eventual sequía en la cuenca del Duero, aprobado por Orden TEC/1399/2018, de 28 de noviembre (BOE número 311, de 26 de diciembre de 2018).

De conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997 de 27 de noviembre, del Gobierno, se somete el texto del precitado proyecto de real decreto al trámite de información pública durante un periodo de siete días (hábiles).


Los comentarios y alegaciones se pueden realizar a través del buzón CH Duero y del buzón de la Dirección General del Agua indicando en el asunto: “Observaciones al proyecto de Real Decreto Sequía del Duero”.


PLAZO PARA LA INFORMACIÓN PÚBLICA: del 26 de julio al 5 de agosto de 2019.


Prazo de remisión

Prazo para enviar argumentos a partir do día venres, 26 de xullo de 2019 ata o día luns, 05 de agosto de 2019