Proyecto de Orden ministerial por la que se modifica el anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas, y el anexo del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.

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Resumen

El proyecto de Orden ministerial se dicta para cumplir con lo dispuesto en los artículos 56 y 58 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que establecen que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico incluirá o cambiará de categoría en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y en el Catálogo de Especies Amenazadas los taxones merecedores de una atención y protección particular en función de su valor científico, ecológico, cultural, por su singularidad, rareza o grado de amenaza, así como aquellos que figuren como protegidos en los anexos de las Directivas y los convenios internacionales ratificados por España. Asimismo, se pretende cumplir con lo dispuesto en el artículo 64.1 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, según el cual las especies y subespecies exóticas invasoras que constituyan una amenaza grave para las especies autóctonas, los hábitats o los ecosistemas, la agronomía o para los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural deben considerarse como invasoras e incluirse en el correspondiente catálogo, siguiendo el procedimiento descrito en el artículo 5 del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto.

Se incluyen y cambian de categoría varias especies en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, así como en el Catálogo español de especies exóticas invasoras. En consecuencia, se actualiza el anexo único del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, con la inclusión en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, en la categoría “En peligro de extinción”, de dos especies de flora: Esparraguera del Mar Menor (Asparagus macrorhizus) y Androsela riojana (Androsace rioxana). Por su parte, tres especies de aves: el Sisón (Tetrax tetrax), la población de los Pirineos del Urogallo (Tetrao urogallus) y la Alondra de Dupont o Alondra ricotí (Chersophilus duponti), cambian de categoría desde “Vulnerable” a “En peligro de extinción”. De este modo, en relación al urogallo, las dos poblaciones existentes en España quedan unificadas bajo la misma categoría (“En peligro de extinción”); y finalmente, un reptil, el Galápago europeo (Emys orbicularis), incluido anteriormente en el Listado, pasa al Catálogo con la categoría “Vulnerable”, todo ello a solicitud de distintas instituciones, sociedades científicas y expertos. De este modo, se mantiene actualizado el estado de protección especial de la fauna y flora silvestre en España.

En relación al Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras se modifica el anexo único del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto y, a propuesta de diferentes instituciones, se incluyen en el mismo los siguientes taxones: dentro de la flora, el Mioporo (Myoporum laetum); dentro de la fauna de invertebrados, se incluye un coleóptero (el Picudo de las palmeras, Diocalandra frumenti) y tres himenópteros (La Hormiga roja de fuego, Solenopsis invicta; la Hormiga faraón, Monoporium pharaoinis; y la Hormiga loca Nylanderia jaegerskioeldi); dentro de los vertebrados, se incluye el pez Paramisgurnus dabryanus, así como las mangostas y suricatos (Familia Herpestidae), con la excepción del Meloncillo (Herpestes ichneumon).

Se somete a información pública este borrador de Orden ministerial hasta el próximo 6 de mayo de 2022, siguiendo el procedimiento previsto para normas de incidencia ambiental en los artículos 16 y 18 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.


Presentación de alegaciones:

Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: buzon-sgb@miteco.es indicando las siguientes cuestiones:

  • Asunto: "Información pública OM Anexo 139/2011".
  • Nombre y apellidos / denominación o razón social del participante
  • Organización o asociación (si corresponde)
  • Contacto (correo electrónico)

Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado.

Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

Plazo de remisión

Plazo para presentar alegaciones desde el miércoles, 06 de abril de 2022 hasta el viernes, 06 de mayo de 2022