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Los objetivos y medios presupuestarios con los que cuenta la Unión Europea en el periodo de programación 2007-2013 se detallan de forma general en las Perspectivas Financieras 2007-2013.
La Unión Europea se centra, durante la programación 2007-2013, en los objetivos de competitividad y cohesión, desarrollo sostenible, ciudadanía europea y acción exterior de la Unión, siguiendo las orientaciones de sostenibilidad de la Estrategia de Gotemburgo y los objetivos de competitividad y empleo según el relanzamiento de la Estrategia de Lisboa. Las rúbricas en las que se estructuran las perspectivas financieras de la programación 2007-2013 son:
- Crecimiento Sostenible:
- Competitividad para el crecimiento y el empleo.
- Cohesión para apoyar el crecimiento y el empleo.
- Desarrollo sostenible y protección de los recursos naturales.
- Ciudadanía libertad, seguridad y justicia.
- La Unión Europea como socio mundial.
Directrices Estratégicas Comunitarias 2007 - 2013 (DECISIÓN DEL CONSEJO de 6 de Octubre de 2006)
Marco Estratégico Nacional de Referencia
La Política de Cohesión de la Unión Europea persigue la reducción de las diferencias de desarrollo de las regiones de los Estados miembros así como de las disparidades de bienestar entre sus ciudadanos. Para la programación 2007-2013, la estrategia y los recursos de la Política de Cohesión se reorganizan alrededor de tres objetivos prioritarios acordes a las Estrategias europeas de Gotemburgo y Lisboa. Estos tres objetivos vienen establecidos por el Reglamento General de Fondos por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión (Reglamento CE Nº 1083/2006):
- Objetivo Convergencia: destinado a acelerar la convergencia económica de las regiones menos desarrolladas.
- Objetivo Competitividad regional y empleo: para la anticipación de los cambios económicos y la promoción de la competitividad y el empleo, atendiendo a las disparidades económicas, sociales y territoriales existentes.
- Objetivo Cooperación territorial Europea: para la intensificación de la cooperación a nivel transfronterizo, transnacional e interregional.
Para la consecución de estos objetivos, la Unión Europea establece cuatro instrumentos financieros, tres de ellos establecidos en el Reglamento General de Fondos (Fondo Europeo de Desarrollo Regional, Fondo Social Europeo y Fondo de Cohesión) así como el Instrumento de Cooperación "Agrupación Europea de Cooperación Transfronteriza" (AECT).
Reglamento General de Fondos por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión (Reglamento CE Nº 1083/2006)
Reglamento del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) (Reglamento CE Nº 1080/2006)
Ministerio de Economía y Hacienda. Fondos de la Unión Europea
Reglamento del Fondo Social Europeo (FSE) (Reglamento CE Nº 1081/2006)
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. INEM.
Reglamento del Fondo de Cohesión (Reglamento CE Nº 1084/2006)
Ministerio de Economía y Hacienda. Fondos de la Unión Europea
Reglamento para las Agrupaciones Europeas Transfronterizas (AECT) (Reglamento CE Nº 1082/2006)