Evaluación del estado de conservación de las especies de interés comunitario

De acuerdo con la Directiva Hábitats, el estado de conservación de una especie se considera favorable cuando:

  • los datos sobre la dinámica de sus poblaciones indiquen que la especie sigue y puede seguir constituyendo a largo plazo un elemento vital de los hábitats naturales a los que pertenezca, y
  • su área de distribución natural no se esté reduciendo ni amenace con reducirse en un futuro previsible, y
  • exista y probablemente siga existiendo un hábitat de extensión suficiente para mantener sus poblaciones a largo plazo.

Según la evaluación de ese estado de conservación para el período 2001-2006, realizada de conformidad con el artículo 17 de la Directiva, el 44% de las especies de interés comunitario de España están en estado desfavorable y tan sólo el 12% en estado favorable; el estado de conservación del 44% restante es desconocido.