(FIN DE PLAZO 2016-02-22) Proyecto de Orden Ministerial por la que se modifica el Anexo IV del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.

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Resumen

Se somete a información pública el proyecto de Orden Ministerial por la que se modifica el Anexo IV del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.


Mediante el Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.
En uso de la facultad contenida en el artículo 5 de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, la Comisión Europea ha procedido a modificar el anexo IV para adaptarlo al progreso técnico mediante dos directivas delegadas: la Directiva Delegada (UE) 2015/573 de la Comisión, de 30 de enero de 2015, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a una exención para el plomo en sensores de cloruro de polivinilo utilizados en productos sanitarios de diagnóstico in vitro, y la Directiva Delegada (UE) 2015/574 de la Comisión, de 30 de enero de 2015, que modifica, para adaptarlo al progreso técnico, el anexo IV de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a una exención para el mercurio en los sistemas de obtención de imágenes de ultrasonido intravascular.

 
Procede, por tanto, la modificación del anexo IV del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, para dar cumplimiento a la obligación de incorporar a nuestro ordenamiento jurídico las dos directivas delegadas mencionadas.


A través de este proyecto de Orden se incorporan a nuestro ordenamiento jurídico las mencionadas Directivas comunitarias.

 
Por razones de urgencia en la tramitación, dado que el plazo de transposición de las Directivas Delegadas  2015/573/UE y 2015/574/UE termina el 31 de enero de 2016, y siguiendo las previsiones del artículo 24.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, el plazo para la remisión de sus comentarios comenzó el 1 de febrero de 2016 y finalizó el 22 de febrero de 2016, ambos inclusive.


 

Plazo de remisión

Plazo para presentar alegaciones desde el lunes, 01 de febrero de 2016 hasta el lunes, 22 de febrero de 2016