Borrador del Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC) 2021-2030

Plazo límite: 30/06/2020
Organiza: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico


El borrador del nuevo Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático 2021-2030 (PNACC) ya está disponible para consulta pública y de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, se publica con el fin de que se puedan formular, en su caso, las observaciones que se estimen oportunas. 

El PNACC será el instrumento de planificación básico para promover la acción coordinada frente a los efectos del cambio climático en España en la próxima década. Sin perjuicio de las competencias que correspondan a las diversas Administraciones Públicas y definirá objetivos, criterios, ámbitos de trabajo y líneas de acción para fomentar la adaptación y la resiliencia frente al cambio del clima.

El borrador del PNACC 2021-2030 define y describe 81 líneas de acción sectoriales organizadas en 18 ámbitos de trabajo entre los que destacan salud humana, agua y recursos hídricos, biodiversidad y áreas protegidas, protección forestal, lucha contra la desertificación, y agricultura, ganadería, pesca y alimentación. También propone una nueva gobernanza, para facilitar la coherencia de la acción climática y favorecer nuevas prácticas en la forma de legislar, de planificar, de presupuestar, de gestionar y de informar, como respuesta a los riesgos derivados del cambio climático, tanto para las administraciones públicas como para el sector privado.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, relativa a la suspensión de plazos administrativos, el plazo para la recepción de observaciones se prolongará mientras sea de aplicación la citada suspensión de plazos administrativos, y hasta 15 días después de su finalización o derogación.

Por lo tanto, la fecha de finalización del periodo de consulta queda en suspenso y será ajustada según lo establecido en dicho Real Decreto 463/2020.

Para realizar comentarios y propuestas, en la página adjunta en la información, se facilita una tabla de observaciones, debiendo enviar dicho archivo a esta dirección: bzn-oecc-adaptacion@miteco.es

 
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