Résumé
La virulencia con la que han impactado los incendios forestales en nuestro país en los últimos años y el impacto del cambio climático en el medio natural hace necesarios dispositivos de prevención y extinción de incendios eficaces y dotados de los mejores recursos (humanos, materiales y operativos) disponibles.
En este contexto, con la aprobación del Anteproyecto de Ley básica de bomberos forestales se pretende crear un marco común básico aplicable a estos profesionales con el fin de que cuenten con el suficiente grado de cohesión en su naturaleza, operatividad y régimen en todo el territorio nacional, sin menoscabar el reparto competencial existente.
El anteproyecto de ley pretende establecer un nuevo marco que determine de manera explícita los derechos, deberes, medios de los que deben estar dotados, medidas de seguridad y de coordinación en sus actuaciones.
La norma regulará con carácter básico las condiciones en las que estos profesionales, que prestan un servicio esencial y de interés social, llevan a cabo su trabajo. Y con independencia de la naturaleza jurídico-laboral concreta que en cada caso ostente el personal, ya sea funcionario, personal laboral o personal contratado por empresas públicas o privadas a las que las administraciones públicas hayan contratado para la prestación de estos servicios.
Entre las funciones que deberán desempeñar los bomberos forestales, y que recoge el texto, se encuentran las operaciones de extinción de incendios forestales, las tareas de prevención, vigilancia y detección, y el mantenimiento de infraestructuras, equipos e instalaciones para la prevención y extinción de estos incendios. Así, este nuevo marco regulador redundará en una mayor profesionalización y eficacia y permitirá a los bomberos forestales desempeñar su importante labor de una manera óptima y segura.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, con el objeto de posibilitar disponer de este instrumento en la próxima campaña de verano, y tras haber efectuado el trámite de consulta pública previa, haber llevado a cabo un intenso trabajo para la elaboración de la propuesta con los colectivos, administraciones, y partes interesadas, y tras someterse a Consejo de Ministros el 22 de noviembre, conforme al artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, de acuerdo con la tramitación prevista en el artículo 26 apartado 6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, publica el texto del Anteproyecto de Ley Básica de bomberos forestales con el objeto de cumplir con el trámite de información pública y obtener cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse en un plazo de 10 días hábiles.
Presentación de alegaciones:
Las alegaciones podrán presentarse hasta el próximo 7 de diciembre de 2022, remitiendo el archivo adjunto “Formulario para comentarios” a la dirección de correo: bzn-sgpf@miteco.es , indicando:
- Asunto: "Información pública APL Bomberos forestales".
- Nombre y apellidos / denominación o razón social del participante
- Organización o asociación (si corresponde)
- Contacto (correo electrónico)
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el participante esté plenamente identificado (nombre completo junto al DNI o CIF en función de la personalidad física o jurídica).
Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.
Date limite de remise
Deadline for submitting arguments from the day mercredi, novembre 23, 2022 until the day mercredi, décembre 07, 2022