Excepciones al régimen de protección de especies silvestres

Ruiseñor bastardo, Cettia cetti, capturado para anillamiento científico. Autor: Ricardo Gómez Calmaestra

Tanto la Directiva Aves 2009/147/CE como la Directiva Hábitats 92/43/CEE contemplan en sus artículos 9 y 16, respectivamente, la posibilidad de exceptuar el régimen de protección conferido a las especies de fauna y flora silvestres estipulado en la mencionadas Directivas. Estas condiciones han sido traspuestas a la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, en su artículo 58. Existe una serie de condicionantes previos, para poder conceder autorizaciones administrativas que exceptúen el régimen de protección conferido a las especies de fauna y flora silvestres en el Capítulo I del Título III de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

Normas técnicas para el anillamiento científico de aves en España, aprobadas en el año 2014