Una gestión adecuada de los biorresiduos no es sólo una cuestión ambiental, sino también legal y estratégica. La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular establece la obligación de recoger separadamente estos residuos desde el 31 de diciembre de 2023. Se ha constado que el aumento de la recogida separada de los biorresiduos incide positivamente en las tasas de recogida y la calidad del resto de las fracciones de residuos municipales, con el consiguiente incremento de las tasas de reciclado.
Por otra parte, los biorresiduos están sujetos a los objetivos de reciclado de residuos municipales establecidos en la Ley 7/2022, de 8 de abril, según los cuales:
La gestión de los biorresiduos debe tener por objetivo cerrar el ciclo de la materia orgánica, priorizando en la medida de lo posible que este proceso se dé localmente, mediante el tratamiento de los residuos en origen, o bien, en áreas próximas a los centros generadores de biorresiduos (siguiendo los principios de autosuficiencia y proximidad).
El ciclo de gestión de los biorresiduos puede resumirse en las siguientes etapas:
1. Prevención
Reducir el desperdicio desde el origen, priorizando minimizar la generación de biorresiduos. Dispone de más información sobre la prevención de biorresiduos en el apartado Cómo se pueden prevenir.
2. Separación en origen
Una vez generados, es esencial que los biorresiduos se separen en origen del resto de fracciones para facilitar su reciclado. En algunos casos, los biorresiduos separados en origen pueden ser tratados también en origen mediante compostaje doméstico y comunitario. En otros casos deben ser recogidos separadamente para su destino a plantas específicas de tratamiento.
3. Recogida Separada
La recogida separada de los biorresiduos es obligatoria desde el 31 de diciembre de 2023 en todas las entidades locales. En el apartado Cómo se recogen puede consultarse los distintos sistemas que se han implantado para la recogida separada de los biorresiduos.
4. Tratamiento
El tratamiento de los biorresiduos recogidos separadamente se realiza en instalaciones de tratamiento específico mediante compostaje o digestión anaerobia. En el apartado Cómo se tratan figura información más detallada sobre el tratamiento de los biorresiduos.
5. Aplicación al Suelo
El compost o el digerido obtenidos tras el tratamiento de los biorresiduos pueden ser aplicados al suelo como fertilizantes o enmiendas orgánicas, cerrando el ciclo de la materia orgánica. En relación con la aplicación de estos materiales al suelo como productos fertilizantes puede consultarse la Nota interpretativa sobre la aplicación del fin de la condición de residuo en procesos de elaboración de productos fertilizantes conforme al real decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizante. Su aplicación como residuo deberá realizarse como una operación de valorización R10