Medidas de conservación en los parques zoológicos

 

La Ley 31/2003, de conservación de la fauna silvestre en los parques zoológicos, establece en su Capítulo II las “medidas de conservación” que deben cumplir los parques zoológicos, para desempeñar un papel primordial en la conservación de la biodiversidad y contribuir a la protección del medio ambiente.

Cada parque zoológico debe desarrollar su actividad a través de:

  • medidas de bienestar, profilácticas y ambientales de los animales que alberga
  • el diseño y desarrollo de sendos programas de conservación ex situ, de educación y de atención veterinaria
  • un personal especializado y los recursos materiales adecuados
  • un registro de la colección de animales


“La introducción de la función conservacionista en la actividad de los parques zoológicos ha generado la necesidad de transformar unos establecimientos dedicados a la mera exhibición de animales en instituciones modernas dotadas de las condiciones necesarias para desarrollar un trabajo relevante y de calidad. Esta transformación implica áreas tan diversas como la planificación de la colección zoológica, la adecuación de las instalaciones y de las técnicas de manejo empleadas, la cualificación del personal técnico y auxiliar, la planificación de las tareas desarrolladas o la ordenación de los recursos materiales y espaciales disponibles, por citar algunas de las más destacadas. En último término, son los propios contenidos e intereses de los parques zoológicos los que deben ser transformados con el fin de adaptarse a las nuevas exigencias sociales de nuestro tiempo en materia de conservación”. Extracto de la Guía de aplicación de la Ley 31/2003, publicada por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino: “El parque zoológico, un nuevo aliado de la biodiversidad” (pág. 33).

Actividades de educación pública en un parque zoológico europeo © Federico Guillén-Salazar

A través de un adecuado cumplimiento de todas y cada una de las medidas, los parques zoológicos contribuirán al logro de los objetivos perseguidos: la protección de la fauna y la conservación de la biodiversidad. La variedad de las medidas exigidas y la dificultad para medir su cumplimiento de modo objetivo requiere un esfuerzo conjunto de interpretación e identificación de los requisitos. Un Grupo de Trabajo del Comité de Flora y Fauna, en el seno de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente,  trabaja evaluando la oportunidad de acordar criterios generales para la evaluación del cumplimiento de los requisitos exigidos a los parques zoológicos, al tiempo que coordina la puesta en funcionamiento del Inventario Nacional de Parques Zoológicos.