Proyecto de Orden Ministerial, por la que se modifican los anexos III y IV del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.

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Resumen

Se somete a información pública el proyecto de Orden Ministerial por la que se modifican los anexos III y IV del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.

El plazo para envío de observaciones comenzó el día 29 de mayo y finalizó el 20 de junio ambos inclusive.

Mediante el Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.

En uso de la facultad contenida en el artículo 5 de la Directiva 2011/65/UE, de 8 de junio de 2011, la Comisión mediante actos delegados ha procedido a modificar los anexos III y IV sobre aplicaciones exentas de la restricción de la utilización de determinadas sustancias, para adaptarlos al progreso técnico mediante dieciséis Directivas Delegadas de la Comisión de 18 de octubre de 2013, de la 2014/1/UE a la 2014/16/UE y, más recientemente, mediante otras ocho Directivas Delegadas de la Comisión de 13 de marzo de 2014, de la 2014/69/UE a la 2014/76/UE. 

A través de este proyecto de Orden se incorporan a nuestro ordenamiento jurídico las mencionadas Directivas comunitarias.

 

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