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El Protocolo de Kioto

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Protocolo de Kioto

  1. El Protocolo
  2. Principales características
  3. La enmienda de Doha y el segundo periodo de compromiso

El Protocolo

Tres años después de que se adoptase la CMNUCC, el IPCC publicaba su Segundo Informe de Evaluación (1995). Dicho informe concluía que el clima ya había comenzado a cambiar a causa de las emisiones de gases de efecto invernadero.

Los gobiernos sabían que sus compromisos en el marco de la Convención no serían suficientes para abordar los problemas derivados del cambio climático. En la COP 1 (Berlín, 1995), en una decisión conocida con el nombre de Mandato de Berlín, las Partes pusieron en marcha una nueva ronda de conversaciones para adoptar compromisos más firmes y más detallados para los países industrializados.

Después de dos años y medio de negociaciones intensas, se adoptó el Protocolo de Kioto en la COP3 (Kioto, 1997), un instrumento bajo el paraguas de la Convención que cuenta con medidas más enérgicas de lucha contra el cambio climático, en particular, compromisos jurídicamente vinculantes de reducción o limitación de emisiones para los países desarrollados y economías en transición. En este sentido el Protocolo aplica el principio de la “responsabilidad común pero diferenciada”.

En el texto del Protocolo se esbozaban los rasgos básicos de sus mecanismos y el sistema de cumplimiento, entre otras cuestiones, pero no se especificaban las normas detalladas que regularían su funcionamiento.

La mayoría de las reglas detalladas para la aplicación del Protocolo fueron adoptadas en la COP 7 celebrada de Marrakech en 2001 y recibieron el nombre de los Acuerdos de Marrakech. Dichos acuerdos representan uno de los más completos y rigurosos documentos legales de todo el panorama internacional. Es el componente ejecutivo del Protocolo de Kioto, que facilita, promueve y exige el cumplimiento de los compromisos del Protocolo.

Principales características

El Protocolo de Kioto es un tratado jurídicamente vinculante, que consta de 28 artículos y dos anexos y que tiene los mismos objetivos y principios que la Convención, pero la refuerza de manera significativa ya que, a través de él, las Partes incluidas en el anexo I se comprometen a lograr objetivos individuales y jurídicamente vinculantes para limitar o reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero. Entre todos los países desarrollados deben sumar un recorte total de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos el 5% con respecto a los niveles de 1990 en el período de compromiso de 2008-2012.

Para alcanzar ese objetivo, el Protocolo de Kioto utiliza y refuerza muchos de los compromisos ya existentes en virtud la Convención, en particular los siguientes:

  • Cada Parte incluida en el anexo I de la Convención (países desarrollados) deberá adoptar políticas y medidas nacionales para reducir las emisiones de GEI y aumentar las absorciones por sumideros. En cumplimiento de este compromiso, cada una de estas Partes deberá esforzarse por reducir al mínimo los posibles impactos negativos de estas políticas y medidas en otras Partes, en particular las que son países en desarrollo.
  • Los compromisos se fijan por periodos, el primer periodo de compromiso abarcaba los años 2008-2012 y el segundo, el periodo 2013-2020.
  • Los países desarrollados deberán ofrecer recursos financieros adicionales para promover el cumplimiento de los compromisos por parte de los países en desarrollo.
  • Todas las Partes del Protocolo, sean países desarrollados o no, deberán cooperar en los siguientes ámbitos:
    • Desarrollo, aplicación y difusión de tecnologías no perjudiciales para el clima;
    • Investigación y observación sistemática del sistema climático;
    • Educación, formación y sensibilización pública sobre el cambio climático;
    • Mejora de las metodologías y datos para los inventarios de los gases de efecto invernadero.
  • El Protocolo de Kioto también incorpora y refuerza los procedimientos de revisión de la información establecidos en la Convención. 

El Protocolo de Kioto ha sido construido y moldeado a lo largo de casi tres décadas de experiencias. El funcionamiento del protocolo gira en torno a sus procedimientos de notificación y revisión, los mecanismos de flexibilidad y un sistema de cumplimiento sólido que incluye un comité de cumplimiento. 

La enmienda de Doha y el segundo periodo de compromiso

La llamada “Enmienda Doha” da continuidad al marco jurídico e institucional del Protocolo de Kioto, alargándolo hasta 2020, e incluye nuevos objetivos de reducción de emisiones para parte de los países industrializados que tuvieron compromisos en el primer periodo de compromiso (2008-2012). Este segundo periodo de compromiso (2013-2020) del Protocolo de Kioto se acordó como puente hacia el acuerdo global que se alcanzó en 2015 con el Acuerdo de París, y que se aplicará a partir de 2020.

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