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La RAMPE en contexto internacional y Unión Europea

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La Red de Áreas Marinas Protegidas de España en el contexto internacional

En el ámbito internacional, el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB, Río de Janeiro, 1992) ha establecido numerosas recomendaciones y resoluciones de interés para la protección y la conservación de los ecosistemas marinos. En la X Conferencia de las Partes del Convenio, celebrada en Nagoya (Japón, 2010), se adoptó el Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020 y las Metas de Aichi. Entre estas metas –que deberán contribuir a cumplir los cinco objetivos estratégicos fijados en el Plan- figura la que establece que, en el año 2020, al menos el 10 % de las zonas marinas y costeras, especialmente aquellas de particular importancia para la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas, deben estar conservados por medio de sistemas de áreas protegidas.

En la misma línea, el Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial de Desarrollo Sostenible (CMDS, Johannesburgo, 2002) promueve la conservación y ordenación de los océanos mediante la adopción de medidas en todos los niveles, incluida la creación de zonas marinas protegidas de conformidad con el derecho internacional y el establecimiento de redes. La Red de Áreas Marinas Protegidas de España (RAMPE) contribuirá a este objetivo global.

También en el marco de Naciones Unidas, concretamente en el del Plan de Acción del Mediterráneo y el Convenio para la protección del medio marino y de la región costera del Mediterráneo (Convenio de Barcelona, 1995), el Protocolo sobre las zonas especialmente protegidas y la diversidad biológica en el Mediterráneo crea la Lista de Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM), como medio para promover la cooperación en la gestión y la conservación de zonas naturales, así como en la protección de especies amenazadas y sus hábitat.

Por su parte, el Convenio sobre la protección del medio ambiente marino del Atlántico nordeste (Convenio OSPAR, París, 1992) crea en su Anexo V relativo a la protección y conservación de los ecosistemas y la diversidad biológica de la zona marítima, una Red de Áreas Marinas Protegidas. Para el año 2012 esta red deberá ser ecológicamente coherente, y en el año 2016 deberá estar correctamente gestionada. Además, se espera que en el año 2020 el 10 por ciento de la superficie del área OSPAR esté protegida. La Recomendación OSPAR 2003/3 sobre la Red de Áreas Marinas Protegidas establece que los espacios marinos de la Red Natura 2000 podrán ser incluidos en la Red OSPAR de Áreas Marinas Protegidas sin ninguna otra justificación adicional.

 

La Red de Áreas Marinas Protegidas de España en el contexto de la Unión Europea

En el ámbito de la Unión Europea, la “Estrategia de la UE sobre la biodiversidad hasta 2020: nuestro seguro de vida y capital natural” establece, en su objetivo 1, que los Estados miembros y la Comisión asegurarán que el establecimiento de la Red Natura 2000, incluido el entorno marino, esté completado en lo fundamental en el año 2012.

España, a través de la adopción del Real Decreto 1599/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen los criterios de integración de los espacios marinos protegidos en la Red de Áreas Marinas Protegidas de España, ha sentado las bases para el establecimiento de una red ecológicamente coherente, bien gestionada y representativa del patrimonio natural y de la biodiversidad marina española.

Estos criterios de integración se constituyen como la herramienta esencial para construir la red; los cimientos sobre los que la RAMPE crecerá y que garantizan que la Red estará constituida por espacios que conforman un todo ecológicamente coherente y bien gestionado, compuesta por espacios representativos del patrimonio natural y de la biodiversidad marina española.

De este modo, la RAMPE supondrá la aportación de nuestro país a la Red Global de Áreas Marinas Protegidas en el marco de Naciones Unidas y del Convenio sobre la Diversidad Biológica, y servirá para cumplir, en parte, las obligaciones y los compromisos adquiridos por España como Parte contratante de numerosos acuerdos, convenios y protocolos en el marco internacional y como Estado Miembro de la Unión Europea.

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Listas patrón

El MITECO revisa y actualiza la Lista Patrón de las especies silvestres presentes en España

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portada del Protocolo de Nagoya

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Acceso a los recursos genéticos y reparto de beneficios

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Espacios marinos protegidos

Zonas Especiales de Conservación (ZEC) en la Demarcación Marina Canaria
Zonas Especiales de Conservación (ZEC) en la Demarcación Marina Noratlántica
Zonas Especiales de Conservación (ZEC) en la Demarcación del Estrecho y Alborán (“Fauna – fondos de Alborán” Foto: G. Villami)
LIC de ámbito marino
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