Política Forestal en España

La Política Forestal en España se desarrolla a través de un Programa Forestal tal como se definió en el Panel Intergubernamental de Bosques de las Naciones Unidas en 1997 teniendo los objetivos principales de contribuir al desarrollo rural desde la actividad forestal manteniendo y mejorando el estado de conservación de los montes y su potencial económico.

El Programa Forestal de España se basa en tres bloques:

  • A) Instrumentos legislativos
  • B) Instrumentos de planificación forestal y
  • C) Instrumentos para la implementación de las medidas de gestión forestal sostenible y fortalecimiento institucional desde un enfoque participativo.


Para conocer el grado de cumplimiento de los objetivos existentes en el programa forestal y la planificación se utilizan una serie de informes nacionales e internacionales disponibles en el apartado de seguimiento.

A) Instrumentos legislativos

Los instrumentos legislativos parten de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre de Montes y las leyes de montes aprobadas por las comunidades autónomas, así como el conjunto de normas que las desarrollan.

El desarrollo normativo se basa en la distribución de competencias establecida en la Constitución Española, concretamente en lo dispuesto en los artículos 149.1.23.a y 149.1.18ª respecto al carácter básico de la ley de montes y los artículos 148.8 y 9 y cada uno de los Estatutos de Autonomía.

Por tanto, la ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, modificada por las leyes 10/2006, de 28 de abril, 25/2009, de 22 de diciembre, y especialmente por la ley 21/2015, de 20 de julio, tiene carácter básico y sustituye a la anterior ley de 8 de junio de 1957 de montes para adaptarse a la nueva organización territorial del Estado.

El Reglamento de montes, aprobado por decreto 485/1962, de 22 de febrero, no fue derogado por la ley 43/2003 en tanto no se opusiera a lo previsto en esta ley y hasta la entrada en vigor de las normas que se han dictado para su desarrollo y el de las leyes autonómicas forestales o de montes.

El conjunto de legislación y normativa de ámbito forestal, aprobada tanto por la Administración General del Estado como por las comunidades autónomas, puede consultarse en los siguientes enlaces de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, donde aparece la versión consolidada de las diferentes normativas conforme van apareciendo nuevas normas o modificaciones de las ya vigentes:

Código Forestal 1: Normas Generales Montes y Vías Pecuarias

Código Forestal 2: Normas sobre Ordenación y Aprovechamientos Forestales 

Código Forestal 3: Incendios Forestales

Código Forestal 4: Guardería Forestal

B) Instrumentos de planificación forestal

De acuerdo con la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, la planificación forestal en España se articula en diferentes escalas:

- a nivel estratégico a través de la Estrategia Forestal Española y el Plan Forestal Español, así como los diferentes Planes Forestales Autonómicos.

- a nivel táctico, los denominados Planes de Ordenación de los Recursos Forestales (PORF) redactados y aprobados por las administraciones forestales de las Comunidades Autónomas.

B.1 Estrategia Forestal Española horizonte 2050

La Estrategia Forestal Española (en adelante, EFE) horizonte 2050, como documento de referencia para establecer la política forestal española, se elabora para dar respuesta al mandato de la Ley 43/2003, de Montes, para su elaboración y actualización. En dicha norma, se establece que la EFE será revisada cuando las circunstancias lo aconsejen, y en cualquier caso con ocasión de cada revisión del Plan Forestal Español.

B.2 Plan Forestal Español 2022-2032

El Plan Forestal Español (en adelante, PFE), como instrumento de planificación a largo plazo de la política forestal española, que desarrolla la Estrategia Forestal Español (EFE) se elabora para dar respuesta al mandato de la Ley 43/2003, de Montes, para su elaboración y actualización. En dicha norma, se establece que el PFE será revisado cada diez años, o en un plazo inferior cuando las circunstancias así lo aconsejen.

B.3 Planes de Ordenación de los Recursos Forestales (PORF)

Estos planes, independientemente de su denominación en cada territorio, se constituyen como una herramienta de planificación forestal, en el marco de la ordenación del territorio. Los citados planes son elaborados y aprobados por las CC.AA. y su ámbito territorial será el que represente el conjunto de sus superficies forestales.

B.4 Directrices Básicas Comunes de Gestión Forestal Sostenible

Las Directrices básicas comunes de gestión forestal sostenible (en adelante, DBCGFS) se elaboran, previa consulta a las comunidades autónomas, para dar respuesta al mandato de la Ley 43/2003, de Montes.

C) Instrumentos para la implementación de las medidas de gestión forestal sostenible y fortalecimiento institucional desde un enfoque participativo.

Coordinación Institucional

El artículo 10 de la ley de Montes señala que corresponde a la Conferencia Sectorial   la coordinación entre la AGE y las CC.AA. para la preparación, estudio y desarrollo de las cuestiones propias de la política forestal española.

Por su parte, y bajo el paraguas de la Comisión Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, regulada por Real Decreto 1424/2008, de 14 de agosto, funcionan varios Comités especializados en materias de ámbito forestal: Comité de lucha contra incendios forestales, Comité forestal nacional y Comité para la mejora y conservación de recursos genéticos forestales.

Participación

La ley de Montes crea el Consejo Forestal Nacional, regulado por Real Decreto 1269/2018, de 11 de octubre, como órgano consultivo del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en materia de montes y política forestal que informará, entre otros, las normas y planes de ámbito estatal relativas al ámbito forestal. El Consejo cuenta con vocales que representan todos los sectores directamente implicados en la definición de las políticas forestales, desde los representantes de los gobiernos autonómicos y de los ayuntamientos, a los propietarios privados, industrias, técnicos, empresarios, profesionales, productores agrarios, organizaciones no gubernamentales interesadas, universidades, etc. En el seno del Consejo se podrán constituir comisiones o grupos de trabajo para el análisis, seguimiento y estudio de temas concretos.

Seguimiento del Programa Forestal Nacional

En este apartado se muestran los enlaces a los documentos elaborados para dar respuesta a los compromisos internacionales y nacionales en materia de información forestal. El primero es el informe español presentado para la Evaluación de los Recursos Forestales mundiales, que realiza FAO (Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y Alimentación) cada 5 años. El segundo recoge los Indicadores de Gestión Forestal Sostenible, que son la base del Informe sobre el Estado de los Bosques Europeos. Este informe se realiza cada 4 años como parte del proceso Pan-Europeo para la Protección de los Bosques (Forest Europe). El tercero es un resumen ejecutivo con las principales series de indicadores para evaluar la aplicación de los principios de la Gestión Forestal Sostenible en España.