Anuncio del Servicio Provincial de Costas de Castellón relativo al acuerdo de incoación y a la apertura del periodo de información pública del expediente de rectificación del deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre en el tramo de costa de unos tres mil cuatrocientos dieciocho (3.418) metros de longitud, comprendido entre el límite sur de la Zona de Servicio del Puerto de Castellón (límite con el término municipal de Castellón de la Plana) y el Paseo de Vora Riu en la playa de la Gola, entre los vértices M-1 y M-39 del deslinde aprobado por Orden Ministerial de 25 de enero de 1.974 en el término municipal de Almazora (Castellón).Ref.: DES01/24/12/0009

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Información pública_ otros documentos

Resumen

Mediante Resolución de fecha 13 de noviembre de 2025 la Dirección General de la Costa y el Mar autoriza al Servicio Provincial de Costas de Castellón la incoación del expediente de rectificación del deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre en el tramo de costa de unos tres mil cuatrocientos dieciocho (3.418) metros de longitud, comprendido entre el límite sur de la Zona de Servicio del Puerto de Castellón (límite con el término municipal de Castellón de la Plana) y el Paseo de Vora Riu en la playa de la Gola, entre los vértices M-1 y M-39 del deslinde aprobado por Orden Ministerial de 25 de enero de 1.974 en el término municipal de Almazora (Castellón), con arreglo a la propuesta de delimitación provisional del dominio público remitida por este Servicio Provincial de Costas en fecha 17 de julio de 2025.

En consecuencia y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 12 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y el artículo 21 de Reglamento General de Costas aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, este Servicio Provincial ACUERDA incoar expediente de rectificación del deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre en el tramo de costa de unos tres mil cuatrocientos dieciocho (3.418) metros de longitud, comprendido entre el límite sur de la Zona de Servicio del Puerto de Castellón (límite con el término municipal de Castellón de la Plana) y el Paseo de Vora Riu en la playa de la Gola, entre los vértices M-1 y M-39 del deslinde aprobado por Orden Ministerial de 25 de enero de 1.974, y abrir un periodo de información pública, por un plazo de un (1) mes a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, dentro del cual cualquier interesado pueda comparecer en el expediente, examinar el plano de delimitación provisional del dominio público marítimo-terrestre y sus zonas de servidumbre y formular las alegaciones que considere oportunas.

El presente acuerdo de incoación implica, de conformidad con el apartado 2 del artículo 20 del Reglamento General de Costas, la suspensión del otorgamiento de concesiones y autorizaciones en el dominio público marítimo-terrestre y en su zona de servidumbre de protección definidos en el plano de deslinde provisional. Esta suspensión no se aplicará al otorgamiento de concesiones y autorizaciones para ocupación de bienes que tengan el carácter indubitado de dominio público marítimo-terrestre, significando que la resolución del expediente de deslinde llevará implícito el levantamiento de la suspensión.

La documentación que consultar está a disposición en las oficinas del Servicio Provincial de Costas y en esta página.

Las alegaciones y observaciones se presentarán según los mecanismos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio Provincial de Costas de Castellón, sito en la C/ Escultor Viciano, nº 2, 12002, Castellón de la Plana (código de identificación: EA0043356), citando la/s referencia/s que aparecen en este anuncio. En particular, si dispone de certificado o DNI electrónicos en vigor, puede hacer uso del Registro General en la dirección siguiente: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

Además, conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para el ejercicio de sus derechos y obligaciones, podrán elegir en todo momento si se comunican con esta Administración Púbica a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligados a realizarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas.

Prazo de remisión

Prazo para enviar documentos a partir do día luns, 15 de decembro de 2025 ata o día xoves, 15 de xaneiro de 2026

Anexos

Documentación