Preocupaciones justificadas

Una preocupación justificada se considera a toda información pertinente y relevante, oficialmente comunicada relacionada con un incumplimiento de la normativa EUTR.

Así se pone en conocimiento de la Administración competente EUTR los hechos o situaciones que puedan ser constitutivos de infracciones o tener trascendencia para la aplicación de la normativa EUTR.

Para realizar esta denuncia adecuadamente, se invita a seguir las recomendaciones recogidas en el documento de directrices de la Comisión Europea (EN / ES) (pdf descargables en cada idioma).

La presentación de esta preocupación justificada se podrá realizar a través de registro electrónico o en oficinas de registro, indicando la administración pública frente a la que se está presentando, o mediante los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o por cualquier otra vía que se considere oportuna.

La denuncia se debe presentar ante la autoridad competente EUTR de la comunidad o comunidades autónomas en la/s cual/es se esté cometiendo la infracción.

Esta denuncia, en caso de requerir subsanación o mejora de la solicitud, se considerará como presentada en aquella fecha en la que haya sido realizada la subsanación. La presentación de una denuncia no confiere, por sí sola, la condición de interesado en el procedimiento.

La denuncia puede asimismo notificarse a la Autoridad competente EUTR estatal, la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, enviándolo al correo electrónico maderalegal@miteco.es.

Para más información sobre las preocupaciones justificadas, y la información mínima que se recomienda debe contener, según el consenso del Grupo de expertos EUTR de la Comisión europea, pueden consultar el siguiente Documento orientativo: