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Originariamente el Comité para la mejora y conservación de recursos genéticos forestales (abreviado como Comité REGENFOR) se adscribía a la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza, creada por la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre. Su creación se oficializó mediante la disposición adicional cuarta del Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre comercialización de los materiales forestales de reproducción. Posteriormente la citada Comisión fue sustituida por la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, creada por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. El R.D. 1424/2008, de 14 de agosto, modificado por R.D. 159/2022, de 1 de marzo, que determina las funciones y normas de funcionamiento de dicha Comisión, incluye como Comité especializado adscrito a la misma al Comité para la mejora y conservación de recursos genéticos forestales.
Su función fundamental es llevar a cabo la necesaria coordinación para el desarrollo, ejecución y seguimiento de la conservación y el uso de los recursos genéticos forestales, la determinación de las regiones de procedencia de los materiales forestales de reproducción, la autorización de los materiales de base y el mantenimiento del Registro y el Catálogo Nacional de Materiales de Base. Con el fin de desarrollar lo establecido en el artículo 54 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, relativo a Recursos Genéticos Forestales, este Comité coordina además las actuaciones de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas en la elaboración y desarrollo de programas de ámbito nacional que promuevan la mejora genética y la conservación de los recursos genéticos forestales y, en particular, el desarrollo de la Estrategia española para la conservación y el uso sostenible de los recursos genéticos forestales.
Los acuerdos y propuestas consensuados en este Comité son sometidos a consideración al órgano superior del que depende, la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, quien a su vez, puede transmitirlo si se considera adecuado a la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente.
El Comité para la mejora y conservación de recursos genéticos forestales está compuesto por una persona representante de cada comunidad autónoma y de las ciudades de Ceuta y de Melilla, y al menos una persona representante del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, designada por la persona titular de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, que ejercerá su Presidencia. Además formarán parte, un segundo representante del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en cuestiones de flora silvestre protegida, designado por la persona titular de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, un representante del Ministerio de Ciencia e Innovación y un representante del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
El Comité celebra, al menos una vez al año, reuniones que tienen como objetivo fundamental la coordinación, entre las diferentes administraciones, de aquellos asuntos que tienen que ver con sus funciones.
Por acuerdo de este Comité se establecen grupos de trabajo para temas específicos, que culminan la mayor parte de las veces con la presentación y aprobación de documentos técnicos, principalmente denominados Criterios Orientadores, así como determinados acuerdos, que tienen como objetivo desarrollar aspectos relacionados con los recursos genéticos de especies forestales.
Entre los criterios y acuerdos aprobados cabe destacar los siguientes: