Nuevas sustancias añadidas en la Lista de Candidatas a Autorización

Pre Press

15/09/2020

El pasado 25 de junio se incluyeron cuatro nuevas sustancias a la Lista de sustancias altamente preocupantes Candidatas a autorización (Lista de Candidatas), tres por su clasificación como tóxicas para la reproducción y la cuarta por su preocupación equivalente para la salud humana (alterador endocrino):


1. 1-vinilimidazol - (CE: 214-012-0; CAS: 1072-63-5) – Tóxica para la reproducción. Ejemplos de uso de la sustancia: formulaciones y como monómero en la producción de monómeros.

2. 2-metilimidazol - (CE: 211-765-7; CAS: 693-98-1) – Tóxica para la reproducción. Ejemplos de uso de la sustancia: catalizador en la producción de productos de recubrimiento

3. Dibutilbis(pentano-2,4-dionato-O,O’) estaño - (CE: 245-152-0; CAS: 22673-19-4) – Tóxica para la reproducción. Ejemplos de uso de la sustancia: catalizador y aditivo en la producción de plásticos.

4. Butil 4-hidroxibenzoato (butilparabeno)  - CE: 202-318-7; CAS: 94-26-8 – Endocrino para la reproducción sobre la salud humana. Ejemplo de uso: cosméticos, productos de higiene personal y farmacéuticos.


Con estas ya son 209 las sustancias incluidas en la Lista de Candidatas.


Las sustancias que se incluyen en este listado, pueden ser incluidas en un futuro, en la “Lista de sustancias sujetas a autorización” (anexo XIV de REACH), lo que significaría que no podrían seguir siendo usadas después de una fecha de dada. Las empresas que deseen seguir haciendo uso de estas sustancias después de esa fecha, deberán solicitar una “autorización” de uso.


La inclusión de una sustancia en la Lista de Candidatas, implica una serie de obligaciones para las empresas, por lo que aquellas que fabriquen, usen o comercialicen una de estas sustancias deberán ponerse al día con sus obligaciones:

• Los proveedores de artículos: si comercializan artículos que contengan una de estas sustancias en concentración superior al 0,1% peso/peso, deben facilitar suficiente información para permitir su uso seguro, a sus clientes profesionales (sin necesidad de solicitud previa) y a los consumidores que lo soliciten (en este caso, habrá un plazo de 45 días para responder a la solicitud, desde que esta se recibe).

Además, si esa sustancia presente por encima del 0,1% en peso, alcanza la tonelada anual, los proveedores de artículos deberán notificar a la ECHA la presencia de estas sustancias en sus artículos, en un plazo de 6 meses desde la inclusión de la sustancia en la Lista de Candidatas:

Proceso de notificación de sustancias en artículos 

• Los proveedores de sustancias incluidas en la Lista de Candidatas:, tendrán la obligación de facilitar una ficha de datos de seguridad (FDS) a sus clientes. En el caso de que ya se estuvieran facilitando FDS, tendrán que actualizar la ficha para reflejar la identificación de la sustancia como SVHC, en el apartado 15 de la misma.

• Los proveedores de mezclas no clasificadas como peligrosas: si la mezcla contiene una de las sustancias en la Lista de Candidatas en concentración igual o superior al 0,1% en peso, para mezclas no gaseosas, el proveedor deberá facilitar al destinatario de la mezcla que lo solicite una ficha de datos de seguridad.

Más información

Lista de candidatas

Lista de sustancias sujetas a autorización