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Información de interés:
La segunda notificación del Informe sobre el Nivel de Actividad (INA) se realizará antes del 28 de febrero de 2022 a la Oficina Española de Cambio Climático.
En la presentación de 2022, es necesario que las instalaciones entreguen su INA cumplimentado con los datos de nivel de actividad de 2019, 2020 y 2021 junto con el informe de verificación correspondiente.
En el siguiente documento encontrarán las instrucciones a tener en cuenta para la cumplimentación y presentación de los INA antes del 28 de febrero de 2022: INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN INA 2022
Los documentos se presentarán a través del Procedimiento para la presentación del Informe sobre el Nivel de Actividad y para la solicitud y el ajuste de la asignación gratuita de derechos de emisión (Periodo de Comercio 2021-2030 del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la UE).Los formularios que se deben utilizar son:
El Consejo de Ministros ha aprobado el 13 de julio de 2021, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el acuerdo de asignación final gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero a las instalaciones sujetas al régimen de comercio de derechos de emisión para el periodo 2021- 2025.
El acuerdo afecta a 734 instalaciones fijas de todos los sectores industriales. La asignación gratuita de derechos de emisión a estas instalaciones se incluye en dos Anexos y asciende a 47,6 millones de derechos de emisión como promedio anual durante el periodo 2021-2025.
El Anexo I incluye las asignaciones finales para las instalaciones incluidas en el régimen de comercio de derechos de emisión que han solicitado asignación de derechos de emisión para el periodo 2021-2025
El Anexo II incluye las asignaciones finales previstas para las instalaciones excluidas de acuerdo con la disposición adicional cuarta de la Ley 1/2005, de 9 de marzo que han solicitado asignación de derechos de emisión para el periodo 2021-2025, en caso de reintroducción al régimen de comercio de derechos de emisión.
Para ver el texto del Acuerdo de Consejo de Ministros de 13 de julio de 2021 pinche en el siguiente enlace: ACM asignación 2021-2025
Las consultas relacionadas con la asignación gratuita de derechos de emisión para el periodo 2021-2030 pueden remitirse al buzón de correo electrónico: bzn-asignacion@miteco.es
La Comisión Europea ha aprobado el Reglamento Delegado (UE) 2019/331, de 19 de diciembre de 2018, por el que se determinan las normas transitorias de la Unión para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión con arreglo al artículo 10 bis de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (FAR) que regula tanto el procedimiento de solicitud de asignación gratuita para las instalaciones fijas, como el proceso que se ha de realizar para el cálculo de dicha asignación.
La asignación gratuita de derechos de emisión para la Fase IV del Régimen Europeo de Comercio de Derechos de Emisión (RCDE UE) se otorga en dos periodos: 2021-2025 y 2026-2030.
Asimismo, para este nuevo periodo se van a actualizar los parámetros de referencia (“Benchmarks”) que servirán para el cálculo de dicha asignación y la lista sectores y subsectores que se consideran en riesgo de Fuga de Carbono para el período 2021-2030 ha sido aprobada por la Decisión Delegada (UE) 2019/708 de la Comisión, de 15 de febrero de 2019.
En el ámbito nacional, el Real Decreto 18/2019, de 25 de enero, desarrolla aspectos relativos a la aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el periodo 2021-2030.
De acuerdo con el artículo 19 de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, que establece que los titulares de las instalaciones podrán solicitar asignación gratuita de derechos de emisión ante el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico 22 meses antes del inicio de cada periodo de comercio, está en tramitación el procedimiento para la aprobación de la asignación gratuita de derechos de emisión a instalaciones existentes para el periodo de asignación 2021-2025.
Procedimiento aprobación asignación gratuita de derechos de emisión a las instalaciones existentes: 2021-2025
Las reglas específicas para el ajuste de la asignación gratuita han sido concretadas y desarrolladas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1842 de la Comisión, de 31 de octubre de 2019, por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto de las disposiciones adicionales de ajuste de la asignación gratuita de derechos de emisión debido a modificaciones del nivel de actividad.
El Documento Guía nº7 de la Comisión Europea sobre las modificaciones del nivel de asignación a partir de 2021 proporciona directrices para gestionar las modificaciones del nivel de actividad de las subinstalaciones, orientaciones a los nuevos entrantes y nuevas subinstalaciones en instalaciones existentes, así como sobre el cese de las actividades. La versión traducida en español del Documento Guía nº7 está disponible aquí.
En el ámbito nacional, el Real Decreto 1089/2020, de 9 de diciembre, desarrolla aspectos relativos al ajuste de la asignación gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el periodo 2021-2030.
NOTIFICACIÓN ANUAL DE LOS NIVELES DE ACTIVIDAD - INFORME SOBRE EL NIVEL DE ACTIVIDAD (INA)
Con objeto de analizar si procede llevar a cabo el ajuste de la asignación gratuita anual de derechos de emisión, los titulares de las instalaciones que tengan otorgada asignación gratuita de derechos de emisión para el periodo 2021-2025 deberán remitir a la Oficina Española de Cambio Climático (OECC), a más tardar el 28 de febrero de cada año, el informe sobre el nivel de actividad (INA), verificado, que incluirá la información de cada una de las subinstalaciones en las que esté dividida su instalación, u otorgar asignación a posibles nuevas subinstalaciones.
Para dicha notificación se contará con un procedimiento en la Sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Las instalaciones presentarán como mínimo la siguiente información antes del 28 de febrero de cada año del periodo 2021-2025:
Incluye la siguiente información;
a) Los datos sobre el nivel de actividad del año natural anterior que correspondan a cada subinstalación en las que esté dividida la instalación.
b) Información sobre cada uno de los parámetros enumerados en las secciones 1 y 2, excepto el 1.3.c), del anexo IV del Reglamento Delegado (UE) 2019/331, de 19 de diciembre de 2018.
c) En su caso, información sobre la estructura del grupo al que pertenece la instalación, tal y como se define en el artículo 2 punto 6 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1842, de 31 de octubre de 2019.
d) Información relativa al cese o suspensión de la actividad de alguna o varias de las subinstalaciones en las que esté dividida la instalación, si procede.
En el ámbito de la Unión Europea, el Reglamento Delegado UE 2019/331 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2018 (FAR), en sus artículos 8 y 9, desarrolla el contenido y presentación del PMS, así como las disposiciones relativas a la modificación de dicho plan para reflejar los cambios de las características y el funcionamiento de la instalación y su mejora a lo largo del tiempo.
En el ámbito nacional, el Real Decreto 1089/2020, de 9 de diciembre, en sus artículos 5 y 6, desarrolla las cuestiones a considerar sobre los planes metodológicos de seguimiento.
Todas las instalaciones que hayan solicitado asignación gratuita de derechos de emisión deberán realizar el seguimiento de los niveles anuales de actividad de las subinstalaciones en las que esté dividida la instalación, de conformidad con la normativa de la Unión Europea y la normativa nacional aplicable al periodo de comercio 2021-2030.
Para ello el titular de dichas instalaciones elaborará un Plan metodológico de seguimiento (PMS) que contendrá, en concreto, una descripción de la instalación y de sus subinstalaciones, los procesos de producción y una descripción pormenorizada de las metodologías de seguimiento y las fuentes de datos.
El plan metodológico de seguimiento (PMS) servirá de base para realizar el seguimiento de los niveles anuales de actividad, y deberá modificarse su contenido cuando se den cualquiera de las situaciones previstas por la normativa y notificarlo a la autoridad competente.
Las instalaciones tendrán en cuenta:
1. Disponible el documento de preguntas frecuentes "Solicitud de Asignación gratuita de derechos de emisión y Exclusión de RCDE UE para el periodo 2021-2025" (ver.# 5. 25.05.2019)
2. Guías sobre la metodología armonizada de asignación gratuita del RCDE UE posterior a 2020:
* Guía nº1: Directrices generales para la aplicación la metodología de asignación (ver. 1 (en español) - 21.05.2019)
* Guía nº2: Guía para el cálculo de la asignación a nivel de instalación (ver. 1 (en español) - 28.05.2019)
* Guía nº3: Directrices sobre la recogida de datos (ver. 1 (en español) - 07.03.2019)
* Guía nº4: Actualización: Verificación de INA, IDR y validación de los PMS (ver. inglés - 03.02.2021)
* Guía nº5: Directrices sobre seguimiento y notificación (ver. 1 (en español) - 09.05.2019)
* Guía nº6: Flujos de calor transfronterizos (ver. 1 (en español) - 21.05.2019)
* Guía nº7: Modificaciones del nivel de asignación (ver. 2 (en español) - septiembre 2021)
Se pueden consultar las guías disponibles en el siguiente enlace de la página web de la Comisión Europea (DG Clima)