El seguimiento y verificación de las emisiones constituye un elemento clave en el diseño de todo régimen de comercio de derechos de emisión. Mediante este mecanismo se determina cuáles han sido las emisiones de cada una de las instalaciones afectadas y, por tanto, qué cantidad de derechos de emisión deben entregar. Sin un sistema de seguimiento y verificación de las emisiones riguroso es imposible garantizar que no se producen emisiones al margen de la obligación de entrega. Esto último pondría en peligro el objetivo medioambiental y podría suponer un tratamiento discriminatorio entre los afectados.
En el régimen Comunitario de derechos de emisión es el titular de la instalación afectada el responsable del seguimiento de sus emisiones, conforme a lo establecido en su autorización de emisión y a las directrices al efecto aprobadas por la Comisión Europea (véase más abajo). Cada titular debe entregar anualmente el informe de emisiones a un verificador independiente, que se encarga de comprobar que las emisiones se han determinado conforme a lo establecido. Los verificadores, a su vez, han sido acreditados para el cumplimiento de estas funciones tras haber demostrado que cumplen determinados requisitos.
El siguiente esquema muestra el funcionamiento del sistema de seguimiento y verificación de las emisiones:
Esquema simplificado del funcionamiento del sistema de seguimiento y verificación de las emisiones
La elaboración de informes de emisiones y posterior rendimiento de cuentas se realiza conforme al siguiente calendario:
Calendario de funcionamiento del régimen europeo de comercio de derechos de emisión
En los siguientes enlaces se encuentra información relevante sobre el sistema de seguimiento y verificación de las emisiones en España: