A continuación encontrarás las respuestas a las preguntas más frecuentes relativas al Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono (en adelante, Registro). En concreto respecto a otros movimientos:
A continuación encontrarás las respuestas a las preguntas más frecuentes relativas al Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono (en adelante, Registro). En concreto respecto a otros movimientos:
En el apartado Inscripción de otros movimientos de la página web del Registro se describen los movimientos de unidades que pueden realizarse distintos a la compensación, que serían el traspaso y la cancelación.
El titular de las unidades de absorción (toneladas de CO2) de los proyectos inscritos, podrá solicitar la inscripción de los siguientes movimientos de las mismas:
Por su parte, el Registro puede llevar a cabo estos otros dos movimientos:
Puedes ampliar la información en los siguientes enlaces:
La solicitud de los movimientos se rige por los siguientes criterios:
Se establecen los siguientes criterios para llevar a cabo una cancelación de unidades de proyectos de absorción inscritos en el Registro:
El traspaso de unidades de absorción debe solicitarlo el titular de las absorciones disponibles de un proyecto (CEDENTE) para su traspaso a un nuevo titular (RECEPTOR). Las absorciones traspasadas seguirán estando disponibles para ser canceladas, compensadas o traspasadas otra vez.
El medio de presentación para solicitar la inscripción de este traspaso en el Registro es a través de la Sede electrónica para lo que será necesario disponer de un certificado digital vigente (o DNIe) y tener instalada la aplicación de AutoFirma. Si la solicitud se hace en representación de una organización, será necesaria la inscripción previa en el Registro Electrónico de Apoderamientos a través de la página web de Apodera.
La documentación que será necesario remitir se describe a continuación:
Puedes ampliar la información en los siguientes enlaces:
La inscripción de una cancelación en el Registro debe realizarla la organización o persona titular de las unidades de absorción con las que quiere cancelar. Para ello, debe constar como RECEPTOR de un traspaso de esa cantidad de toneladas (o superior), y conocer el código dxxxxxxx asignado correspondiente. Excepcionalmente, no será necesario haber realizado este traspaso si la cancelación la realiza la propia promotora del proyecto que genera las unidades de absorción.
En la pestaña de TRASPASOS del Listado de movimientos inscritos puedes encontrar los códigos de los traspasos realizados. En caso de no constar el traspaso de toneladas con las que quieres operar, deberá ser el CEDENTE (que será el promotor del proyecto, o un intermediario poseedor de las absorciones que genera) quien solicite el traspaso de dichas toneladas a tu favor.
Para solicitar la inscripción de una cancelación en el Registro deberás remitir el Formulario de inscripción – Cancelación a través de la Sede electrónica para lo que será necesario disponer de un certificado digital vigente (o DNIe) y tener instalada la aplicación de AutoFirma. Si la solicitud se hace en representación de una organización, será necesaria la inscripción previa en el Registro Electrónico de Apoderamientos a través de la página web de Apodera.
Puedes ampliar la información en los siguientes enlaces: Documentación a adjuntar - Movimientos, Documento de apoyo sobre las unidades de absorción, sus movimientos y el funcionamiento de la bolsa de garantía.
En el Listado de movimientos inscritos puedes encontrar los datos de los traspasos, compensaciones, cancelaciones, anulaciones y respaldos de bolsa de garantía registrados.
Puedes acudir directamente a ellos a través de los datos de contacto que publican en la página web del Registro: proyectos de absorción de CO2 inscritos.
Debes seleccionar un proyecto que ofrezca la posibilidad de “Cesión a terceros” que podrás ver en la columna correspondiente.