Résumé
De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas y con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
El artículo 4 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, establece en el apartado 4.1 las condiciones que debe cumplir una sustancia u objeto resultante de un proceso de producción para que pueda ser considerada como subproducto y no como residuo. A su vez en el artículo 4.3 se señala que la evaluación y aprobación, si procede, será llevada a cabo bien por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, bien por las autoridades competentes de las comunidades autónomas mediante autorización. Teniendo en cuenta lo recogido en la Disposición transitoria primera punto 2 y en la Disposición final cuarta punto 2.a, la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico declarará dichas sustancias u objetos como subproductos mediante orden ministerial.
La Comisión de coordinación en materia de residuos ha evaluado favorablemente la consideración de la declaración de subproducto del sulfato ferroso heptahidratado (caparrosa), con un origen y dos destinos concretos, proponiendo al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la aprobación de la correspondiente orden ministerial.
Se ha de valorar bajo qué criterios se determina que el material citado en la consulta, con origen y destinos concretos, se consideran subproductos con arreglo a la Ley 7/2022, de 8 de abril.
Para una mayor información, se proporcionan los documentos de análisis de su consideración como subproducto del material para cada destino, así como los informes elaborados por la Comisión de coordinación en materia de residuos.
Se solicita que envíen, si lo estima oportuno, sus sugerencias al siguiente buzón de correo electrónico: bzn-sug_Residuos@miteco.es
El plazo para remitir sugerencias comienza el 13 de abril de 2023 y finaliza el 12 de mayo de 2023, ambos inclusive.
Date limite de remise
Deadline for submitting arguments from the day jeudi, avril 13, 2023 until the day vendredi, mai 12, 2023