Aparatos eléctricos y electrónicos

¿Cómo se recogen?

Aparatos eléctricos y electrónicos

Los ciudadanos deben entregar los RAEE (procedentes de hogar):

  • En los puntos limpios fijos, móviles o de barrio y en las recogidas a demanda en vía pública o portales, establecidos por los entes locales.
  • Al distribuidor cuando compra otro nuevo que sea equivalente. En los comercios y otros puntos de venta en el caso de las lámparas.
  • A empresas de carácter social de recogida o reutilización, debidamente autorizadas como gestores de residuos, que organizan recogidas puerta a puerta o en sus tiendas o centros.

(Ver esquema de la gestión en apartado ¿Cuál es su ciclo de gestión?).

En todo momento la gestión de los RAEE deberá de llevarse a cabo por gestores debidamente autorizados por las autoridades ambientales, de manera que deben cumplir, entre otros, con las condiciones de operación y obligaciones de información que éstas les requieran. Las instalaciones de recogida y tratamiento de RAEE deben cumplir las especificaciones del Artículo 6 del RD 208/2005: Requisitos técnicos de las instalaciones de recogida y tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

En el caso de la reparación y/o la reutilización de los AEE, es necesario que se utilice una logística que permita conservar las características de los aparatos durante la recogida, transporte, clasificación y almacenamiento para evitar deterioros que impidan su reutilización.

 

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El RD 208/2005 en base a la responsabilidad ampliada del productor del producto (ver apartado Sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor> RAEE), establece, entre otras, la obligación de los productores de AEE, de cofinanciar a los entes locales los costes adicionales que les supongan la recogida separada de RAEE en los puntos limpios municipales.