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Actualización de los Programas de Seguimiento de las Estrategias Marinas de España (Segundo ciclo)

Fecha
Inicio: 06/07/2020
Fin: 30/10/2020
La Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino, que traspone la Directiva 2008/56/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino (Directiva marco sobre la estrategia marina), establece la obligación para los Estados Miembros de elaborar estrategias marinas con el objeto de alcanzar el buen estado ambiental del medio marino, a más tardar en el año 2020, a través del enfoque ecosistémico. La Directiva establece que las estrategias marinas (en adelante EEMM) deben seguir una serie de fases consecutivas, y marca un ciclo de 6 años para ellas, transcurrido el cual deben ser actualizadas.
 
El primer ciclo de EEMM en España comenzó con la publicación en 2.012 de las tres primeras fases: Evaluación Inicial, Definición del Buen Estado Ambiental y Objetivos Ambientales, para cada una de las 5 Demarcaciones Marinas Españolas: Noratlática, Sudatlántica, Levantino-Balear, Estrecho y Alborán, y Canaria. Posteriormente se publicaron los Programas de Seguimiento (2.014) y los Programas de Medidas (2.015), completando así el primer ciclo.
 
En 2019 se realizó la actualización de las 3 primeras fases de Estrategias Marinas, comenzando así el segundo ciclo de Estrategias Marinas. Continuando con estos trabajos, se presenta ahora la actualización de los Programas de Seguimiento, que constituyen la cuarta fase de las Estrategias Marinas. 
 
Estos documentos han sido elaborados por un equipo multidisciplinar de científicos y técnicos, expertos en los distintos elementos del medio marino sobre los que se realiza seguimiento, bajo la coordinación de la Dirección General de la Costa y el Mar. Además, se ha trabajado en colaboración con las autoridades que ostentan competencias en el seguimiento de algunos de los elementos del medio marino, con el fin de optimizar los recursos disponibles y evitar duplicidades. 
 
La actualización de los Programas de Seguimiento ha tenido en cuenta especialmente la adaptación del seguimiento a los nuevos criterios de la Decisión 2017/848, sobre criterios y normas metodológicas aplicables al buen estado medioambiental de las aguas marinas, por la que se deroga la Decisión 2010/477/UE, los cambios introducidos por la Directiva 2017/845, así como las lecciones aprendidas durante el primer ciclo. La Decisión 2017/848 concreta las metodologías y el grado de cooperación regional requerido en los programas, así como los elementos sobre los cuales realizar el seguimiento de los diferentes descriptores. 
 
La estructura de los documentos es la siguiente:
 
  • Memoria, en la que se explican los aspectos generales de la actualización de los Programas de Seguimiento, la estructura de los documentos, así como los criterios determinantes para el diseño de dichos programas.
  • Estrategias de seguimiento: 14 estrategias temáticas que engloban diversos programas de seguimiento cada una. 
  • Programas de seguimiento: 77 programas de seguimiento, de aplicación en todas o alguna de las demarcaciones marinas españolas. Los programas de seguimiento se clasifican en programas de seguimiento de estado (englobados dentro de las 14 estrategias de seguimiento), trasversales (el programa de seguimiento de condiciones imperantes), de actividades humanas, de presiones, y de objetivos ambientales. 
 
Estos documentos se someten a consulta pública con el objeto de recoger todas aquellas aportaciones que los agentes interesados consideren oportuno proponer, y que contribuyan a su mejora. Las observaciones deberán remitirse a la dirección de correo electrónico: bzn-estrategiasmarinas@miteco.es 
 
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