Información para ONGs

El Organismo Autónomo Parques Nacionales desarrolla un Plan de Sensibilización y Voluntariado en la Red de Parques Nacionales y Centros y Fincas del Organismo Autónomo Parques Nacionales mediante un sistema de subvenciones a ONG.

Estas subvenciones se establecen en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, y se regulan mediante el Real Decreto 278/2016, de 24 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de programas de voluntariado en el marco del plan de sensibilización y voluntariado en la Red de Parques Nacionales y centros y fincas adscritos al Organismo Autónomo Parques Nacionales.

Anualmente, se publica en el Boletín Oficial del Estado una resolución con la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de voluntariado, donde se especifican todas las características y condicionantes que deben cumplir los proyectos que se presenten por parte de las ONG, y la documentación a aportar.

Se pueden presentar todas las organizaciones legalmente constituidas, dotadas de personalidad jurídica propia, que carezcan de fines de lucro y que estén dedicadas a la realización de actividades dirigidas a la protección del medio ambiente y que cumplan todos y cada uno de los requisitos establecidos en esta convocatoria.

No se pueden presentar las entidades de derecho público, universidades, partidos políticos, colegios profesionales u otras entidades de similar naturaleza.

¿Qué requisitos deben cumplir las organizaciones solicitantes?

  • Los establecidos en los artículos 13, 14.2 y 14.3 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones enumeradas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Estar legalmente constituidas al menos desde tres años antes de la fecha en que se publique la resolución de la convocatoria de la subvención.
  • Estar implantadas en al menos tres comunidades autónomas y haber desarrollado programas de voluntariado medioambiental durante los últimos tres años en al menos tres comunidades autónomas cada año. En el caso de programas de voluntariado a desarrollar en comunidades autónomas insulares, podrán ser beneficiarias, además, aquellas entidades de voluntariado que hayan desarrollado programas de voluntariado medioambiental durante los últimos tres años en al menos tres parques nacionales.
  • Disponer de estructura, recursos propios y capacidad de gestión suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.
  • Disponer de suficientes recursos humanos con experiencia y formación adecuada en el desarrollo de actividades ambientales y con voluntarios.

¿Qué subvenciona el OAPN?

  • Manutención, alojamiento, desplazamiento y seguros correspondientes a las personas que participen.
  • Medios humanos necesarios para la ejecución, planificación y coordinación de las actividades.
  • Materiales fungibles necesarios para la realización y difusión de las actividades.

¿Qué tipo de proyectos se pueden presentar a la convocatoria?

En cada convocatoria se adjuntará un anexo de propuesta de actividades para cada Parque, centro o finca que tendrán especial prioridad a la hora de la evaluación de los proyectos. No obstante, se pueden presentar proyectos con otras actividades de carácter ambiental.