Resumen
Con fecha 2 de junio de 2025 y de acuerdo con lo que dispone el artículo 12, apartado 1, de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, ha sido dictada por esta Demarcación de Costas, providencia de incoación del expediente de deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo, de unos 569 metros correspondiente a la zona de servicio del puerto de Brens, (A Coruña).
Consecuentemente y en tanto no se resuelva dicho expediente, queda en suspenso el otorgamiento de concesiones y autorizaciones en el DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE afectado por el deslinde, y en su zona de SERVIDUMBRE DE PROTECCIÓN (art. 20 Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas).
Los planos en los que se delimita provisionalmente la línea de deslinde de dominio público marítimo-terrestre y la zona de servidumbre de protección, así como las superficies de aquél y de ésta, se hallan en la Subdirección General de Dominio Público Marítimo-Terrestre, de la Dirección General de la Costa y del Mar (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Plaza San Juan de la Cruz, 10). Un ejemplar de los mismos está en esta Demarcación de Costas en Galicia, (C/San Pedro de Mezonzo, 2 (Bajo), 15071 - A Coruña) a disposición de cuantos quieran examinarlos y donde podrán presentar, en consecuencia, las alegaciones o reclamaciones que estimen pertinentes a su derecho e interés, dentro del plazo de UN MES, contado a partir de la fecha siguiente a la de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Asimismo, se comunica a los titulares de las fincas colindantes o incluidas en el dominio público marítimo-terrestre con la delimitación ahora propuesta, y demás interesados, que el acto de apeo se celebrará en el lugar y fecha a continuación indicados:
- Deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa: Puerto de Brens, en el t.m. de Cee (A Coruña)
- Día y hora: jueves 10 de julio de 2025, a las 12:00 horas.
- Lugar: en las inmediaciones del hito 10 de deslinde, con la rúa Fornelo
Mediante esta publicación se cumplimenta, asimismo, lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Publicas, en cuanto a las notificaciones a posibles interesados desconocidos o conocidos, respecto a los que se ignora el lugar o medio de notificación, o bien, intentada la notificación no se hubiese podido practicar.
Conforme al artículo 18 de la Ley de Costas y 38 del reglamento, en este mismo expediente se contempla la declaración de innecesaridad para la protección y utilización del dominio público marítimo-terrestre, una vez que se apruebe el deslinde, de los terrenos ubicados al interior del vial portuario del puerto de Brens, comprendidos aproximadamente entre los vértices 4 y 10, que han perdido sus características de ribera del mar, son difícilmente recuperables y no se consideran necesarios para la protección o utilización del dominio público marítimo-terrestre.
Plazo de remisión
Plazo para presentar documentación desde el jueves, 12 de junio de 2025 hasta el lunes, 14 de julio de 2025