Directiva Marco del Agua: aguas costeras y de transición

  • La Directiva Marco del Agua (DIRECTIVA 2000/60/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de octubre de 2000 por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas), promoviendo una gestión global e integradora de todas las aguas, establece el marco de protección necesario para garantizar una adecuada protección y conservación y mejora del medio acuático en todo su conjunto, tanto de las aguas superficiales continentales, como las aguas de transición, las aguas costeras y las aguas subterráneas.

     

  • Conceptos

    La unidad de gestión es la demarcación hidrográfica, “zona marina y terrestre compuesta por una o varias cuencas hidrográficas vecinas y las aguas subterráneas y costeras asociadas”. Es el ámbito territorial en el que se han de aplicar los nuevos planes hidrológicos.

    Aguas de transición: “masas de agua superficial próximas a la desembocadura de los ríos que son parcialmente salinas como consecuencia de su proximidad a las aguas costeras, pero que reciben una notable influencia de flujos de agua dulce”.

    Aguas costeras: “las aguas superficiales situadas hacia tierra desde una línea cuya totalidad de puntos se encuentra a una distancia de una milla náutica mar adentro desde el punto más próximo de la línea de base que sirve para medir la anchura de las aguas territoriales y que se extienden, en su caso, hasta el límite exterior de las aguas de transición”.

    Las masas de agua costeras y de transición forman parte por tanto del Dominio Público Marítimo-Terrestre.

  • Los objetivos medioambientales

    La DMA establece los objetivos medioambientales para las aguas superficiales, para las aguas subterráneas y para las zonas protegidas (Art 4). En concreto y al igual que en el resto de las aguas superficiales, en las aguas costeras y de transición los objetivos medioambientales son los siguientes:

    1. Prevenir todo deterioro del estado de las masas
    2. Alcanzar el “buen estado” (buen estado ecológico y buen estado químico) de todas las masas de agua naturales antes del 2015. El buen estado ecológico se determinará entre otros, a través de indicadores de calidad biológica tales como el estado de praderas de Posidonia, composición de macroalgas, valores de Clorofila a, presencia de invertebrados bentónicos, etc. para los que se habrán fijado cuales son sus valores en condiciones ideales.
    3. Alcanzar el “buen potencial ecológico y el buen estado químico” de todas las masas de agua artificiales y muy modificadas antes del 2015 (como pueden ser las aguas confinadas en los puertos o algunas masas de agua costeras sometidas a fuertes alteraciones hidromorfológicas).
    4. Reducir progresivamente la contaminación producida por las sustancias prioritarias y eliminar los vertidos, las emisiones y las pérdidas de sustancias peligrosas prioritarias. Las concentraciones permitidas de estas sustancias, cuya presencia en el medio se evalúa para determinar el estado químico, ha sido recientemente regulada por la Directiva de Sustancias Prioritarias.

     

  • Las principales obligaciones

    Para la consecución de estos objetivos medioambientales la DMA establece la obligación de realizar una serie de actividades interdependientes:

    • un estudio de las características de la demarcación, de las repercusiones de la actividad humana en el estado de las aguas y un análisis económico de los usos del agua (Art 5);
    • la creación de un registro de zonas protegidas (Art 6);
    • el establecimiento de programas de seguimiento del estado de las masas de agua (Art 8);
    • la aplicación de la recuperación de los costes de los servicios relacionados con el agua (Art 9),
    • el establecimiento de las medidas necesarias para asegurar la participación activa de todas las partes interesadas, etc.

    El cumplimento de los objetivos y el desarrollo de todas estas actividades, quedarán plasmadas mediante la elaboración y ejecución de los planes hidrológicos en cada demarcación hidrográfica y la puesta en marcha de los programas de medidas básicas y complementarias, que se coordinarán e integrarán en los planes hidrológicos y deberán llevarse a cabo por las distintas administraciones competentes con la finalidad de alcanzar los objetivos medioambientales. Algunas de estas medidas deberán ser ejecutadas por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar

  • Actuaciones de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar

    La Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino con apoyo del Centro de Estudios de Puertos y Costas del CEDEX, ha incluido las aguas costeras y de transición en los procesos relacionados con la puesta en marcha de los mandatos de esta Directiva mediante la realización de las siguientes actividades:

     

    • Participación en la redacción de la legislación de transposición de la DMA
    • Creación de un SIG de la costa española utilizando cartas náuticas, estudios geofísicos y restitución de las líneas de base recta, para la caracterización de las masas de agua de transición y costeras
    • Establecimiento de una base de datos remota de presiones sobre las masas de agua costeras y de transición. Esta base de datos está abierta a consulta por parte de las autoridades competentes en planificación, y está concebida para ser actualizada progresivamente por las CCAA y otras autoridades competentes.
    • Prestación de asistencia técnica a las CC.AA. litorales para el establecimiento de los programas de vigilancia y control de aguas costeras y aguas de transición y elaboración de un manual de diseño de los programas de control del estado de las masas de agua costeras y de transición
    • Participación en la redacción de la ORDEN ARM/2656/2008, de 10 de septiembre , por la que se aprueba la instrucción de planificación hidrológica que desarrolla los criterios técnicos de la planificación incorporando todas las cuestiones relativas a aguas costeras y de transición como referente para la elaboración de los planes.
    • Participación en la preparación de los planes hidrológicos y en los documentos previos (estudio general de la demarcación, proyecto de participación pública, esquema de temas importantes, etc.)
    • Participación en el proceso de transposición de la Directiva de Prioritarias y presencia en el grupo de trabajo Wg-E "Chemical aspects" de la Estrategia Común de Implantación.
    • Apoyo a las Comunidades Autónomas litorales y coordinación del proceso de Intercalibración europeo a fin de que sean comparables los resultados de la evaluación del estado ecológico a través de los valores obtenidos con los indicadores de calidad biológica. En 2008 se aprobó la Decisión(2008/915/CE) en la que se recopilan los valores acordados para algunos de los indicadores de calidad empleados en aguas costeras. En la actualidad se está desarrollando la 2ª fase del ejercicio de Intercalibración, en la que España está participando activamente en lo respectivo a aguas costeras y de transición, a través de la DGSCM y con el apoyo del CEDEX.
    • Participación activa en el proceso de planificación hidrológica mediante la asistencia a reuniones de grupos o mesas de trabajo técnicos sobre aguas costeras y de transición dentro del marco de los Comités de Autoridades Competentes. Propuesta de Programas de Medidas competencia de la DGSCM a incluir en los programas de medidas de los Planes Hidrológicos.
    • Participación en el proceso de validación manual realizada desde el Ministerio como apoyo al proceso de reporting de los Planes Hidrológicos (reporting art. 13), que ha terminado en marzo de 2010.

     

  • Proceso de transposición de la Directiva de Prioritarias

    La Directiva de Prioritarias (Dir 2008/105/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 16 de diciembre de 2008 relativa a las normas de calidad ambiental en el ámbito de la política de aguas, por la que se modifican y derogan ulteriormente las Directivas 82/176/CEE, 83/513/CEE, 84/156/CEE, 84/491/CEE y 86/280/CEE del Consejo, y por la que se modifica la Directiva 2000/60/CE) establece las Normas de Calidad Ambiental (NCA) de las sustancias prioritarias y otros contaminantes, que no deben ser superadas, para el cumplimiento del “estado químico” de las masas de agua superficiales (ríos, lagos, transición y costeras). La Directiva establece las NCA en agua, y además establece NCA en biota para tres sustancias (mercurio, hexaclorobenceno y hexaclorobutadieno). Permite a los estados miembros la elección de la matriz (agua, sedimento o biota) donde se realice la medición de la presencia de contaminantes, para las aguas costeras y de transición.  Además permite el establecimiento de NCAs en sedimento y biota para otros contaminantes de la lista de sustancias prioritarias (además de los tres arriba indicados).

     

    La DGSCM ha participado en el equipo de trabajo de trasposición de la Directiva de Sustancias Prioritarias, cuyo Real Decreto de trasposición se encuentra en proceso de elaboración. Del mismo modo tiene previsto la elaboración de estudios de carácter técnico para el establecimiento de NCAs en sedimento y biota en aguas costeras y de transición. Por último, con el apoyo científico y técnico del Instituto Español de Oceanografía, participa en las reuniones de trabajo europeas del WG-E “Chemical aspects”, donde se tratan y deciden todos los aspectos relativos a la aplicación de esta Directiva.

  • Ejercicio de Intercalibración. 2ª fase

    En esta segunda fase se ampliará el trabajo al resto de los indicadores no intercalibrados en aguas costeras en la primera fase, y a la puesta a punto de los métodos que se utilizarán para evaluar el estado ecológico en las aguas de transición, sobre las cuales no se avanzó en la 1ª fase. Otro objetivo de esta 2ª fase es la evaluación de lo que se acordó en la primera fase, para detectar posibles inconsistencias.

     

    El ejercicio de intercalibración se realiza para cada categoría de masas de agua por separado (ríos, lagos, aguas de transición y costeras). Dentro de las aguas de transición y costeras, se han establecido distintas regiones biogeográfica, por lo que España está participando en dos grupos de trabajo (GIC: Intercalibration Group): de la región Atlántica y Mediterránea (NEA-GIC y MED-GIC respectivamente). También se participa en las reuniones del recientemente creado grupo COAST (grupo transversal y cross-GIG de intercalibración de las aguas costeras y de transición, liderado por el Joint Research Center), y en las reuniones del WG-A “ECOSTAT”, dentro de la Estrategia Común de Implantación de la Directiva.

     

    Las tareas de la DGSCM se centran en, además de la representación oficial antes indicada, la coordinación de los grupos de expertos designados por las CCAA para cada elemento de calidad, la transmisión y recepción de información sobre el avance del proceso, la facilitación en el intercambio de información entre los agentes implicados, y el contacto fluido con los responsables de las CCAAs.

     

    Para evaluación del estado actual de la intercalibración, se puede consultar los informes de las últimas reuniones:

     

  • Programas de Medidas en aguas costeras y de transición

    La DGSCM ha participado en el proceso de planificación hidrológica, mediante la elaboración de una propuesta de actuaciones que, dentro de su competencia, propone realizar para la mejora del estado de las masas de agua costeras y/o de transición.

     

    Estas actuaciones comprenden diversos proyectos de restauración y protección de playas, marismas, acantilados, sistemas dunares, así como otras actuaciones encaminadas al restablecimiento del circuito sedimentario, control de la erosión costera, y prevención de inundaciones. También se propone diversas actuaciones relacionadas con la recuperación y tratamiento de sedimentos contaminados, adecuación de la red de pluviales o la de saneamiento. Por último no debe olvidarse la labor de la DGSCM en la delimitación del DPMT (considerada en la IPH como una medida de carácter básico), y la de protección y salvaguarda del mismo, mediante actuaciones relacionadas con demoliciones de infraestructuras o de construcciones en DPMT, rescate de concesiones, o la adquisición de terrenos para su incorporación al DPMT entre otras.

     

    La propuesta del programa de medidas se ha realizado individualmente para cada Demarcación Hidrográfica, con la orientación técnica del CEDEX, a través de una participación activa de las Demarcaciones y Servicios Provinciales de Costas, así como con la supervisión de los servicios centrales de la Dirección General.

     

    Para la adecuada caracterización de cada una de estas medidas, se ha contado con la herramienta elaborada por el CEDEX: Guía técnica para la caracterización de las medidas orientadas a la mejora del estado de las aguas costeras y de transición. Esta guía realiza un análisis pormenorizado de diez tipos de medidas competencia de la D.G. de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, con el objetivo de caracterizar las actuaciones propuestas por esta D.G. como autoridad competente dentro de los Programas de Medidas de los Planes Hidrológicos de cuenca.

Accesos directos