TERCIARIO EDAR CABEZO BEAZA (MURCIA)

DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA ACTUACIÓN

Con el objetivo del cumplimiento del Reglamento Europeo 2020/741 de 25 de mayo de 2020 relativo a los requisitos mínimos para la reutilización del agua, se hace necesaria la construcción de un tratamiento terciario en la EDAR Cabezo Beaza. Actualmente, la EDAR cuenta con una desinfección con hipoclorito sódico en laberinto para su posterior vertido a las lagunas de maduración.

Igualmente, la zona de vertido de la EDAR ha sido denominada zona sensible, correspondiendo el ámbito de la EDAR de Cabezo Beaza a la zona sensible Mar Menor, por lo que se hace necesaria la adaptación de la EDAR para alcanzar los valores de eliminación de Fósforo y Nitrógeno.

Se proyecta un nuevo edificio en una parcela colindante a la EDAR para albergar el nuevo tratamiento terciario, con su correspondiente vial de acceso, acerado, cerramiento, redes de drenaje y de alumbrado.

La línea de proceso propuesta para el tratamiento terciario es la siguiente:

Se ha optado por instalar tamices chapa perforada de 2mm con el fin de no generar una pérdida de carga tal que produzca el desborde de los canales del pretratamiento durante periodos punta del tratamiento.

Además, se ha previsto una dosificación de sulfato de alúmina a la entrada del reactor biológico, concretamente en la arqueta de reparto de este.

Se plantea en este proyecto la construcción de un tratamiento terciario mediante un sistema MBR seguido de una desinfección UV, quedando la actual desinfección de la planta mediante laberinto de cloración como complemento a utilizar en situaciones puntuales.

Los elementos previstos para la alimentación del terciario son:
 
  1. 2 compuertas murales en canal de salida del reactor biológico: 1,00x0,80m.
  2. Conducción de PEAD DN1000 PN10 de alimentación desde cada reactor hasta colector de alimentación a MBR.
  3. Colector de PEAD DN1400 PN10 de alimentación a MBR.

 

Se proyecta una arqueta de elevación a cámaras de membranas con un volumen de 819 m3 y geometría rectangular, donde se instalarán las bombas de elevación a las cámaras de membranas. 

El bombeo ha sido dimensionado para ser capaz de elevar un rango de caudales adecuado para el correcto funcionamiento del MBR, que oscila entre los 5Qd (7.292 m3 /h) y los 3Qp (10.500 m3 /h).

El sistema de membranas se ha diseñado con 4 trenes, cada uno de ellos compuesto por 29 cassettes y 16 módulos de filtración por cassette. En total se obtienen 1.856 módulos de membrana de fibra hueca de 40 m2 de filtración por cada elemento.

La recirculación al reactor biológico se realizará por gravedad mediante una conducción Φ1200mm de PEAD. Dicho colector debe ser capaz de conducir de acuerdo con los criterios de diseño del MBR, un rango de caudales comprendido entre los 4Qd (5.833 m3/h) y 2Qp (7.000 m3/h).

  1. Purga de fangos en exceso MBR: De acuerdo con las cargas contaminantes de diseño, el MBR tendrá una producción de fango teórica de 1.012 m3/día. Para la extracción de estos fangos se dispondrá de un bombeo compuesto por dos (1+1) bombas de tornillo helicoidal para una caudal de 42,17 m3/h.
  2. Desinfección: El agua procedente del permeado es conducida a un reactor UV en línea donde se procede a su desinfección. El equipo de desinfección UV está diseñado para tratar un caudal punta de 3.500 m3/h.
  3. Derivación a canal de cloración: Para poder realizar un posible tratamiento de desinfección complementario, se ha dispuesto una derivación hacia el laberinto de cloración existente en la EDAR mediante una arqueta seca que permite realizar las maniobras oportunas.
  4. Adecuación tratamiento terciario: Para garantizar la integridad de las membranas, es necesario aumentar la selectividad del tamizado realizado en el pretratamiento actual de la EDAR, se ha optado por instalar tamices chapa perforada de 2mm.
  5. Dosificación de sulfato de alúmina: Para garantizar la eliminación de fósforo, se ha previsto una dosificación de sulfato de alúmina a la entrada del reactor biológico, concretamente en la arqueta de reparto de este.

PARÁMETROS DE DISEÑO Y RESULTADOS A OBTENER

 

Caudales entrada EDAR Qdiseño Qpunta Unidad
Caudal de diseño 1458,33 3500 m3/h; m3/d
Caudal punta 35000 84000 m3/h; m3/d

 

Concentraciones cargas entrada 2020-22 media anual y máxima
  DBO5 DQO SST N-NTK P-PT
Concentración media anual (mg/l) 532 989 401 74 10
Concentración máxima (mg/l) 676 1360 611 94 17
Concentraciones entrada al tratamiento biológico
  DBO5 SST N-NTK P-PT
Concentración media anual (mg/l) 372 160 67 9
Concentración máxima (mg/l) 473 244 85 15
Concentraciones entrada al tratamiento biológico verano-invierno
  DBO5 SST N-NTK P-PT
Concentración media invierno (mg/l) 383 172 71 10
Concentración media verano (mg/l) 362 149 62 8
Contaminación entrada a planta (para la situación más desfavorable: máxima para el periodo invierno).
  Carga (kg/d) Concentración (mg/l)
DBO5 entrada 23660 676
SST entrada 21385 611
Nitrógeno entrada (NTK) 3290 94
Fósforo entrada (Pt) 595 17

Parámetro Carga máxima (kg/d) Concentración máxima (mg/l)
DBO5 efluente EDAR 350 10
SST efluente EDAR 350 10
Nitrógeno total efluente EDAR (Nt) 350 10
Fósforo total efluente EDAR (Pt) 35 1*

*Se considera 0,5 mg/l en diseño de acuerdo a lo que se exigirá en la Nueva Directiva Europea de Aguas Residuales.

Teniendo en cuenta que se trata de una EDAR cuya concentración equivale a >100.000 h-e.

FICHA ADMINISTRATIVA

SITUACIÓN Estudios previos
Informe Resolución no sometimiento EIA del proyecto 30/08/2023
Aprobación técnica del  Proyecto  27/10/2024
Presupuesto licitación (IVA incluido) 13.260.277,29 €
Proyecto constructivo (adenda) UTE Finwe-Guadalsur
SITUACIÓN Estudios previos
Adenda al proyecto del tratamiento terciario de la EDAR Cabezo Beaza Servicios de Asistencia Técnica para la redacción de la Adenda al proyecto del tratamiento terciario de la EDAR Cabezo Beaza. T.M. de Cartagena (Murcia)

 

INTERÉS GENERAL

Las obras objeto del presente proyecto están declaradas de interés general conforme al Real Decreto-ley 3/1992, de 22 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los efectos producidos por la sequía bajo el epígrafe “Sistema de depuración del Mar Menor”, y en la Ley 10/2001 de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, en su anexo III, bajo el epígrafe “Reutilización de aguas residuales en el Mar Menor”.

Además, las actuaciones de “Reutilización de aguas residuales en el Mar Menor” han sido declaradas de interés general dentro del Marco de Actuaciones Prioritarias para recuperar el Mar Menor publicado en febrero de 2022.

RESOLUCIÓN AMBIENTAL

Las actuaciones incluidas en el presente proyecto no están entre las incluidas en el ámbito de aplicación de Evaluación de Impacto Ambiental, ni ordinaria ni simplificada, de la legislación estatal, según artículo 7, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, no afectando a áreas de especial protección designadas en aplicación de las Directivas 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, y 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, al encontrarse a más de 2 km del área de especial protección más cercana.