Resumen
De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se abre periodo de consulta a interesados, a través del portal web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, para promover la participación pública de manera previa a la elaboración de una norma.
El objetivo de esta consulta es recabar la opinión de particulares, organizaciones y entidades interesadas para la elaboración de la presente norma cuyos antecedentes y objetivos pueden ser consultados en el documento anexo:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
- La necesidad y oportunidad de su aprobación.
- Los objetivos de la norma.
- Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
Termini de remissió
Termini per presentar documents des del dia divendres, 12 de de desembre de 2025 fins al dia divendres, 23 de de gener de 2026
Presentació d'al·legacions
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones y observaciones sobre el proyecto hasta el día 23 de enero de 2026, a través del siguiente buzón de correo electrónico:
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté plenamente identificado (nombre completo y DNI para personalidad física o denominación de la entidad y NIF para personalidad jurídica). Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.
Los resultados extraídos de esta fase de consulta serán tenidos en cuenta en el diseño de la normativa.
Este proceso de consulta previa no reemplazará a ningún sistema de peticiones o audiencias públicas previo a la publicación definitiva de la normativa asociada a esta declaración. Por ello, en el momento en el que exista un documento definitivo para la declaración del espacio se abrirá el proceso preceptivo de información pública previo a la publicación de la normativa, según lo recogido en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.