La necesidad de disponer de un registro público en el que figuren inscritos los derechos reconocidos para el uso de los recursos hídricos con el fin de garantizar una gestión racional de las aguas cuenta con una arraigada tradición en nuestro ordenamiento jurídico.
Desde los inicios, su aplicación ha sufrido numerosos intentos por alcanzar el objetivo pretendido de eficacia estadística y ayuda a la gestión del dominio público hidráulico a través de sucesivas normas dictadas para actualizar el Registro y adecuarlo a la realidad.
Finalmente, se ha aprobado el Real Decreto 670/2013, de 6 de septiembre, mediante el cual se regula las normas de organización y funcionamiento del Registro de Aguas.