El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha publicado en el BOE las bases reguladoras de la línea de ayudas a la cadena de valor industrial de las energías renovables y el almacenamiento, disponibles aquí. Este programa busca aumentar la capacidad de fabricación estratégica en España de paneles solares, turbinas eólicas, bombas de calor, baterías, electrolizadores y sus componentes esenciales, haciendo uso del marco temporal de ayudas de Estado aprobado por la Comisión Europea.
Dotada con 750 millones de euros de la Adenda del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), permitirá reforzar el ecosistema industrial en España de equipos y componentes de energías renovables, y desarrollar nuevas capacidades tecnológicas e industriales con el fin de garantizar la seguridad energética, aumentar nuestra competitividad y descarbonizar la industria.
El Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE), dependiente del MITECO, será el encargado de gestionar estas ayudas, que se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva y se instrumentarán como una subvención a percibir por el beneficiario, con carácter definitivo, una vez se acrediten los gastos subvencionables incurridos y se verifique la ejecución del proyecto. La convocatoria de esta línea de ayudas se abrirá próximamente.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Se subvencionarán proyectos enfocados a impulsar la cadena de valor innovadora y de conocimiento. Los equipos y componentes esenciales objeto de subvención se enmarcan en las siguientes líneas de actuación:
- Almacenamiento eléctrico: Fabricación y ensamblaje de baterías, celdas de baterías y “battery packs”. No se incluyen las baterías que tengan por objeto principal su uso para movilidad eléctrica.
- Energía solar fotovoltaica: Fabricación y ensamblaje de paneles solares.
- Energía eólica: Fabricación y ensamblaje de turbinas eólicas.
- Bombas de calor: Fabricación y ensamblaje de bombas de calor.
- Hidrógeno renovable: Fabricación y ensamblaje de electrolizadores.
Serán susceptibles de ayuda tanto la creación de establecimientos industriales para una nueva actividad de fabricación de estos equipos y sus componentes esenciales en cualquier punto del territorio nacional, como las ampliaciones de la capacidad productiva instalada en centros existentes, a través de la implantación de nuevas líneas de producción. También, la reconversión de líneas existentes para la obtención de equipos y/o elementos que anteriormente no estuvieran en producción en la planta.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Las intensidades de ayudas y los límites máximos de las mismas están en línea con los establecidos en el apartado 85.g del Marco Temporal de Crisis y Transición.